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Se publica 4ta edición del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño El texto actualiza la explicación y el análisis de las Reglas de Evidencia Por Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M. Ponce - Ya está disponible la cuarta edición del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño que presenta la información y la doctrina sobre las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. Así lo dio a conocer el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, autor de la publicación que discute en detalle las Reglas de Evidencia de 2010, las cuales determinan lo que ocurre durante el juicio en los tribunales en Puerto Rico. La primera edición del Prontuario fue publicada en el año 1994 y fue premiada como Obra Jurídica del Año de 1995 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. La segunda edición se publicó en el año 2005 e incluyó las enmiendas a las Reglas de Evidencia realizadas hasta el año 2004. La tercera edición del año 2010, incluyó las nuevas Reglas de Evidencia que están vigentes al presente. En esta cuarta edición de 2015, se actualiza el texto con la jurisprudencia de los pasados cinco años y se añaden comentarios y análisis sobre la experiencia de la aplicación de las nuevas Reglas en sus primeros cinco años de vigencia. El Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño se utiliza como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jurídicos y de ciencias forenses en Puerto Rico. Ha sido citado, además, como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. La tercera edición cuenta con 660 páginas y contiene toda la información necesaria para entender el Derecho Probatorio en Puerto Rico, particularmente el emergente con las nuevas Reglas de Evidencia de 2010. El libro comienza con una introducción sobre el proceso de redacción y aprobación de las nuevas Reglas de 2010, continuando con una definición de los conceptos, junto a una relación sobre el proceso judicial y la práctica forense hasta el momento del juicio. Sigue con una breve historia del Derecho Probatorio, y las fuentes y fundamentos principales de esta materia en Puerto Rico. Expone las nuevas Reglas, siguiendo el formato del Informe del Comité Asesor Permanente de Reglas de Evidencia del Tribunal Supremo en cuanto a la procedencia de cada regla, estableciendo, además, las diferencias con las originales del 1979. Finalmente, aborda los aspectos doctrinales y jurisprudenciales fundamentales y las críticas correspondientes para propiciar mejoras futuras. El libro puede adquirirse en Biblio Services en San Juan (nuevo local) 399 Ave. Muñoz Rivera (Marginal esquina Eleonor Roosevelt) y en Paseo del Sur Mall en Ponce. Para más información puede comunicarse al (787) 753-1231 ó al (787) 290-0077. ### Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com ### |
Publican libro: Abecé del Derecho Puertorriqueño
Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico
Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Revés publicó su nuevo libro electrónico (e-book) titulado Abecé del Derecho Puertorriqueño, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. Así lo informó el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra.
"En esta publicación explicamos de forma práctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorriqueños. Además, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el país", explicó Emmanuelli Jiménez.
El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jurídicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. También, provee a los estudiantes de derecho una visión panorámica de las materias que enfrentarán en sus estudios de derecho.
La obra describe el sistema de resolución de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, así como la relación profesional y ética con las personas a quienes sirven. Además, examina las situaciones de conflicto más comunes que cada ciudadano podría involucrarse como los asuntos de familia, contratos, daños y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los trámites apelativos.
"El texto incluye consejos prácticos para enfrentar las diferentes situaciones jurídicas y los señalamientos críticos sobre cómo deben modificarse las leyes para lograr soluciones más justas, rápidas y económicas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", reveló Emmanuelli Jiménez.
El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edición para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edición para Ipad. |
Publican Libro sobre reestructuración de negocios para enfrentar la crisis
La obra es una guía básica jurídica para los oficiales y gerentes de empresas
Ponce - Reestructuración de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el título del nuevo libro electrónico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Revés, que expone de forma clara las medidas generales y específicas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis económica. Así lo informó el licenciado Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente de Bufete Emmanuelli. "El texto es una guía básica jurídica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuración de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explicóEmmanuelli-Jiménez. La obra, de la autoría del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez y de la CPA y abogada Yasmín Colón Colón, discute además las posibilidades de reorganización sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Capítulo 11 del Código de Quiebras Federal. La publicación es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorriqueño. El texto está redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensión tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes. El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edición para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edición para Ipad. El libro puede obtenerse en estos enlaces: Amazon.com Ibooks Store Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11 de la Ley Federal. |
Otras Publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D. LL.M.
Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jurídicos y de ciencias forenses. Además, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. En la cuarta edición de 2015 del Prontuario, el propósito continúa inalterado, pues constituye una fuente ágil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto actualizado al 2015, luego de cinco años de vigencia de las Reglas de Evidencia de 2010. Compendio de Derecho Probatorio Puertorriqueño Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueña, esta edición contiene una explicación suscinta y menos técnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico. |
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Por Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
La notaría es una de las funciones más importante y delicada que llevan a cabo los abogados y abogadas. Mediante la notaría se da fe o certifica ciertos actos, negocios o contratos, para que tengan efectos entre las partes, frente a toda la sociedad o el Estado. Por esta razón, la notaría es una de las funciones que más cuidado se le debe brindar ya que tiene el propósito de darle validez y confiabilidad a las transacciones jurídicas y económicas de la sociedad. La seriedad del trámite requiere cumplir con unos requisitos de sustancia y forma de los documentos que son muy estrictos. Todo trámite relacionado a esta tarea debe realizarse con el máximo cuidado, pues además de la sustancia de los documentos, es necesario cuidar la forma y cumplir con las exigencias de la Ley Notarial, las otras leyes sustantivas, impuestos y Rentas Internas. La firma de todo documento notarial siempre debe llevarse a cabo frente a la persona notario, so pena de nulidad y de severas sanciones contra el notario que pueden incluir el desaforo. Si no se conoce a la persona que firmará la escritura, acta o afidávit, debe exigirse a la persona una identificación con foto y firma, preferiblemente la licencia de conducir con firma. En el caso de que la persona muestre una tarjeta electoral que cumpla con estos requisitos, es indispensable incluir en el documento o afidávit que fue mostrada voluntariamente. Los principales documentos notariales son las escrituras, actas, poderes y los afidávit. Los originales de las escrituras, actas y poderes se conservan en el Protocolo, que es un libro que por ley guarda el abogado o abogada para que se conserven los documentos notariales. Es fundamental que se tomen todas las precauciones para que estos documentos y los Protocolos no se dañen. Si uno de estos documentos o un Protocolo se daña, la ley obliga a reconstruirlo. Esto en muchas ocasiones puede ser imposible. Los documentos del Protocolo deben llevar el sello, la firma, signo y rúbrica de la persona notario, firma e iniciales de los comparecientes y los testigos en todos los folios y los sellos de rentas internas que correspondan, los cuales se computan en una tabla provista por el Departamento de Hacienda. Al final del año todos los documentos se agrupan en orden cronológico, se numeran consecutivamente todas sus páginas y se les hace un índice para luego encuadernarlos. Los documentos encuadernados se conocen como Protocolo del año tal y se conservan para que cuando una parte interesada quiera una copia certificada de un original se le pueda suministrar. En una escritura se consignan negocios jurídicos como compraventas, emancipaciones de menores, divisiones de comunidades hereditarias, poderes, testamentos, etc. Mediante un acta se consignan hechos específicos a requerimiento de una parte interesada para que puedan tener efectos contra tercero o puedan tener acceso al Registro de la Propiedad.
Un ejemplo de un acta es cuando no consta en el Registro la existencia de una edificación en un solar inscrito y se solicita de la persona notario que levante un acta de edificación. En este documento la persona notario comparece a la edificación, la inspecciona y la describe en el acta para que luego de terminada las formalidades, se pueda presentar en el Registro de la Propiedad y conste la existencia de la estructura. Esto puede ser necesario en el caso que el dueño quiera realizar una hipoteca y el banco exija la descripción de la estructura para tener la mejor garantía posible. Un poder es una escritura en donde una persona capacitada confiere autoridad a otra capacitada para que lleve a cabo actos o negocios en su representación. Un poder puede ser general, para llevar a cabo o administrar todo tipo de actividad del poderdante o puede ser especial, para llevar a cabo un acto específico. El poder general puede ser a término fijo o indefinido. El poder especial termina una vez el apoderado lleva a cabo el acto delegado, a menos que sea uno de naturaleza recurrente, como es el caso de cobrar una renta. Los afidávit son declaraciones juradas de las personas interesadas en las cuales la persona notario es el funcionario que administra el juramento o certifica la identidad, fecha y firma de la persona. El afidávit puede hacerse para consignar unos hechos bajo juramento sujeto a perjurio o para meramente certificar que en cierta fecha, una persona en específico, firmó un documento en presencia de la persona notario. El ejemplo más común es el afidávit de un contrato. No es un juramento sujeto a perjurio, es meramente una prueba fehaciente y auténtica de que tal persona firmó el documento en una fecha determinada ante la persona notario. Toda declaración jurada debe llevar la firma, sello y rúbrica la persona notario y la firma de la persona que jura, so pena de nulidad. Una vez se prepara el afidávit, se le asigna el próximo número disponible según el registro de afidávit que la ley requiere que la persona notario conserve. Además, se le debe fijar y cancelar el sello de rentas internas cuya contraparte irá en el registro de afidávit. El registro de afidávit es un libro donde se hace un resumen escrito de todos los afidávit que hace la persona notario con una numeración consecutiva. Este registro debe llevar el sello, rúbrica y su firma luego de cada resumen de los afidávit y un sello de rentas internas correspondiente al que se fijó en el afidávit. En este registro de afidávit no se puede borrar y si se comete un error debe indicarse con la palabra "digo" seguida de la corrección. Todos los afidávit y documentos notariales como escrituras y actas hechos por una persona notario deben notificarse a la Oficina de Inspección de Notarías mensualmente en los formularios provistos para ello. Esta notificación, que se llama Índice Notarial, debe prepararse en los primeros 10 días de cada mes y enviarse inmediatamente por el sistema electrónico de notificación de dicha oficina. Al final del año debe cumplimentarse el formulario sobre la actividad notarial anual. El Derecho Notarial es tan estricto que hace que el incumplimiento de algunos de los trámites de la forma en los documentos o en las notificaciones los anulen totalmente. La anulación de un documento notarial puede ocasionar que el abogado o abogada sea desaforado y que se le demande civilmente. De hecho, la mayoría de los casos en que se instan acciones administrativas o judiciales contra los abogados o abogadas están relacionadas con la notaría. ###
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El Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11
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En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11
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Cordialmente,
Rolando Emmanuelli Jiménez Presidente USDC-PR No. 214105 RUA 8509
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Urbanización Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico
787-848-0666; 787-841-1435, Fax
Agencia de Alivio de Deudas bajo el Código de Quiebras Federal
*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
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Bufete Emmanuelli, C.S.P. Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 48 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico. El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 27 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal. Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible. En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios. A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio. El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes. Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com |
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Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M. Bufete Emmanuelli, C.S.P. www.bufete-emmanuelli.com Urb. Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico 00732-0779 787-848-0666 787-841- 1435 Fax
La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.
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