Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Desde sus orígenes, el Puerto de las Américas ha tenido grandes controversias que han afectado su proceso de desarrollo. En primer término, se discutió la ubicación. Luego, el alcance del Puerto, que desde su origen fue concebido como un Puerto de Transbordo Internacional. Luego, el alcalde de Ponce, Hon. Francisco Zayas Seijo, comenzó a impulsar la idea de que el Puerto fuera de naturaleza doméstica, es decir, para solamente embarcar productos entre Puerto Rico y Estado Unidos, bajo las Leyes de Cabotaje. Esto levantó severas críticas, particularmente de la Cámara de Comercio del Sur, quien adoptó el proyecto del Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago como el modelo de desarrollo económico de la Región Sur. Todos los esfuerzos de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico han ido dirigidos a desarrollar plenamente el Puerto de las Américas, esto incluye trabajar, según resuelto por su Asamblea, con las Leyes de Cabotaje, con el “Homeland Security Act”, con las tarifas de acarreo terrestre, las zonas de valor añadido y con el Aeropuerto Mercedita. Por eso es que se celebró el año pasado el Primer Simposio del Puerto de las Américas para discutir las implicaciones económicas y sociales de una ciudad puerto y este próximo viernes 4 de mayo se celebrará la segunda edición del Simposio, dedicado esta vez, al desarrollo de las zonas de valor añadido.
La controversia sobre la viabilidad, alcance y propósito del Puerto se ha complicado con los planes que está desarrollando el alcalde Francisco Zayas Seijo, en una interesante alianza con el Comisionado Residente Luis Fortuño, de convertir el Puerto en uno meramente doméstico y turístico. Ambos políticos, de mucho coincidencia ideológica en torno al futuro del país, quieren evadir la realidad de que Puerto Rico necesita un modelo de desarrollo económico a tono con la globalización y que esto requiere enfrentar los obstáculos a este proceso como lo son las Leyes de Cabotaje, de “Homeland Security” y la transportación terrestre y aérea. Entienden estos funcionarios que si el puerto es turístico, no es necesario atender el asunto de las Leyes de Cabotaje. Esto dado el hecho de que la actividad de cruceros está exenta de la Ley.
El Puerto las Américas Rafael Cordero Santiago no puede ser solamente un Puerto turístico y doméstico, porque estaría reproduciendo innecesariamente el esquema del Puerto de San Juan y no fomentaría el intercambio de bienes y servicios a nivel internacional que apoye zonas industriales de valor añadido, que son las que van a generar empleo e inyectar dinero nuevo en nuestra economía. Cambiar el modelo del Puerto a uno turístico y doméstico, por limitaciones ideológicas, es un grave error que pagaremos nosotros y las generaciones futuras.
Todas las personas que hemos estado laborando por el desarrollo pleno del Puerto, que no significa meramente viable, sino que significa que debe ser motor de múltiples ejes de actividad económica y de empleo, debemos estar alertas para que no se lleve a efecto este cambio en el modelo original de desarrollo que soñó nuestro Alcalde Rafael Cordero Santiago.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
Una publicación de Rolando Emmanuelli-Jiménez, J.D., LL.M., sobre los asuntos públicos que tienen impacto jurídico. Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado y notario, Presidente de Bufete Emmanuelli, C.S.P. pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y productor y anfitrión del programa Conocimiento y Acción Solidaria, que se transmite todos los sábados a las 7 AM y los domingos a las 7 PM por WPAB 550.
El Bufete Emmanuelli orienta jurídicamente mediante su boletín Del Derecho y del Revés:
miércoles, 18 de abril de 2007
sábado, 7 de abril de 2007
ESENCIAL DESARROLLAR LAS AREAS DE VALOR AÑADIDO PARA PROGRESO ECONOMICO DEL SUR
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
El Puerto de las Americas Rafael Cordero Santiago es una realidad que va progresando y en el término de 20 meses, contará con un moderno terminal que podrá manejar buques post panamax y un volumen de 250,000 furgones al año. Para ese momento, ya se debe contar con un operador internacional que pueda traer volumen de carga e incentivar el establecimiento de las industrias de valor añadido que apoyen el desarrollo económico de la región. Las industrias de valor añadido son aquellas industrias que se ubican cerca de puertos de trasbordo internacional para recibir materia prima o productos semi ensamblados, de manera que los trabajen, modifiquen o los reparen, para que los puedan exportar a los mercados circundantes. Las empresas de valor añadido son las que van a traer el empleo que hace falta para la región Sur, que lamentablemente es la región más pobre de todo el país.
El Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio Autónomo de Ponce contempla el desarrollo de unas grandes fincas que pertenecen a diferentes propietarios para que se conviertan en un área de desarrollo industrial de valor añadido. Para la aprobación del Plan, las agencias gubernamentales de infraestructura se comprometieron a llevar a cabo unas obras que incluyen conexiones de agua, alcantarillado, energía eléctrica, carreteras y telecomunicaciones. Estas obras de infraestructura son compromisos de ley conforme a lo resuelto en el caso de Ponce en Marcha. Por tanto, deben estar listas para cuando se termine la segunda etapa del Puerto en un término de 20 meses. Si estas obras no se terminan en un tiempo mencionado, el operador no tendrá unas áreas donde se puedan establecer las industrias de valor añadido como fuente de promoción del Puerto y de empleo. Es urgente que el gobierno empiece la planificación detallada de cumplimiento legal de las obras de infraestructura para las fincas de valor añadido.
La Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y su Comité del Puerto, presidido por la economista Elena Colón Parilla, convocó a los dueños de tierras que están zonificadas como áreas de valor añadido para explicarles en detalle lo que significa para sus terrenos y para constituir una fuerza que abogue porque se cumpla con el mandato legal de las obras de infraestructura. En el mes de mayo, la Cámara de Comercio del Sur celebrará su segundo Simposio del Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago donde el tema será: El Valor Añadido. El Departamento de Desarrollo Económico se ha comprometido a presentar en el Simposio el plan de desarrollo, pero ha informado que solamente cuenta con 6 millones para llevar acabo este importante proyecto.
Estoy de buena fe convencido de que el Puerto de Las Américas es un modelo de desarrollo económico que traerá calidad de vida a Ponce, la región Sur y al resto del país. Para eso es indispensable trabajar y cabildear desde todos los ángulos para que el gobierno cumpla con los compromisos de ley. La Cámara de Comercio del Sur continuará reuniéndose con los propietarios de las fincas de valor añadido por lo que cualquier persona que tenga terrenos que hayan sido zonificados de esa forma, debe comunicarse con la Sra. Elena Colón Parrilla al (787) 844-4400, para estar enterado de cuándo es la próxima reunión.
Sin el cumplimiento del gobierno de sus obligaciones para el desarrollo de infraestructura, las áreas del valor añadido continuarán siendo fincas baldías. Con fincas baldías, el Puerto de las Américas no tendrá el impacto económico que todos esperamos. La región Sur tiene derecho a que el gobierno central cumpla con estas obras de infraestructura. Esto es brindarnos nuestro derecho al Debido Proceso de Ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
rolando@bufete-emmanuelli.com
El Puerto de las Americas Rafael Cordero Santiago es una realidad que va progresando y en el término de 20 meses, contará con un moderno terminal que podrá manejar buques post panamax y un volumen de 250,000 furgones al año. Para ese momento, ya se debe contar con un operador internacional que pueda traer volumen de carga e incentivar el establecimiento de las industrias de valor añadido que apoyen el desarrollo económico de la región. Las industrias de valor añadido son aquellas industrias que se ubican cerca de puertos de trasbordo internacional para recibir materia prima o productos semi ensamblados, de manera que los trabajen, modifiquen o los reparen, para que los puedan exportar a los mercados circundantes. Las empresas de valor añadido son las que van a traer el empleo que hace falta para la región Sur, que lamentablemente es la región más pobre de todo el país.
El Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio Autónomo de Ponce contempla el desarrollo de unas grandes fincas que pertenecen a diferentes propietarios para que se conviertan en un área de desarrollo industrial de valor añadido. Para la aprobación del Plan, las agencias gubernamentales de infraestructura se comprometieron a llevar a cabo unas obras que incluyen conexiones de agua, alcantarillado, energía eléctrica, carreteras y telecomunicaciones. Estas obras de infraestructura son compromisos de ley conforme a lo resuelto en el caso de Ponce en Marcha. Por tanto, deben estar listas para cuando se termine la segunda etapa del Puerto en un término de 20 meses. Si estas obras no se terminan en un tiempo mencionado, el operador no tendrá unas áreas donde se puedan establecer las industrias de valor añadido como fuente de promoción del Puerto y de empleo. Es urgente que el gobierno empiece la planificación detallada de cumplimiento legal de las obras de infraestructura para las fincas de valor añadido.
La Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y su Comité del Puerto, presidido por la economista Elena Colón Parilla, convocó a los dueños de tierras que están zonificadas como áreas de valor añadido para explicarles en detalle lo que significa para sus terrenos y para constituir una fuerza que abogue porque se cumpla con el mandato legal de las obras de infraestructura. En el mes de mayo, la Cámara de Comercio del Sur celebrará su segundo Simposio del Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago donde el tema será: El Valor Añadido. El Departamento de Desarrollo Económico se ha comprometido a presentar en el Simposio el plan de desarrollo, pero ha informado que solamente cuenta con 6 millones para llevar acabo este importante proyecto.
Estoy de buena fe convencido de que el Puerto de Las Américas es un modelo de desarrollo económico que traerá calidad de vida a Ponce, la región Sur y al resto del país. Para eso es indispensable trabajar y cabildear desde todos los ángulos para que el gobierno cumpla con los compromisos de ley. La Cámara de Comercio del Sur continuará reuniéndose con los propietarios de las fincas de valor añadido por lo que cualquier persona que tenga terrenos que hayan sido zonificados de esa forma, debe comunicarse con la Sra. Elena Colón Parrilla al (787) 844-4400, para estar enterado de cuándo es la próxima reunión.
Sin el cumplimiento del gobierno de sus obligaciones para el desarrollo de infraestructura, las áreas del valor añadido continuarán siendo fincas baldías. Con fincas baldías, el Puerto de las Américas no tendrá el impacto económico que todos esperamos. La región Sur tiene derecho a que el gobierno central cumpla con estas obras de infraestructura. Esto es brindarnos nuestro derecho al Debido Proceso de Ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
martes, 3 de abril de 2007
DEMOCRACIA NO ES IGUAL A POLÍTICA, EL DEBATE SOBRE LA UNICAMERALIDAD
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
En Puerto Rico existe la tendencia a confundir la Política con la Democracia. La Democracia es el sistema de gobierno que en teoría establece nuestra Constitución, donde el poder político está dividido en tres ramas, dos de las cuales son electas directamente por el pueblo, y se supone que respondan a nuestros deseos y aspiraciones. La política, entre otras cosas, es la ciencia que estudia el comportamiento de los ciudadanos, de sus estructuras de participación y de los partidos políticos en relación a los procesos de alcanzar y administrar el poder gubernamental. Política no es igual a Democracia, porque la política puede ejercerse correcta y prudentemente dentro de una dictadura.
El sistema democrático puertorriqueño establece que cuando se quiera hacer alguna reforma constitucional hay que someter el asunto a un referéndum donde puedan votar todos los electores hábiles. La Constitución puertorriqueña establece que una vez el pueblo hace su determinación sobre el referéndum, es necesario implantarlo. No hay discreción para que los cuerpos políticos gubernamentales hagan caso omiso de un mandato del pueblo, porque estarían contradiciendo un postulado democrático básico. Cuando la legislatura determinó consultar al pueblo sobre la Unicameralidad bajo el procedimiento extraordinario de referéndum, se había vinculado u obligado claramente con el resultado del referéndum. No hay base jurídica o constitucional que le permita a la legislatura obviar el mandato del pueblo. El mandato del pueblo no depende de la cantidad de personas que hayan votado, depende de que la elección haya sido válida e incuestionable. Hasta este momento, no se ha hecho ningún planteamiento jurídico sobre la validez del referéndum de la Unicameralidad.
Ante el proceso judicial que sigue unos ciudadanos responsables en contra de la legislatura para que se valide la voluntad del pueblo de una sola cámara, es indispensable analizar las consecuencias políticas y sociales de que se desatienda el mandato del pueblo. Si la Asamblea Legislativa no respeta el mandato del pueblo, está incurriendo en un acto tiránico y antidemocrático. Por ende, está violando la Constitución. El Tribunal Superior en su Sala de San Juan, determinó que no tenía autoridad para obligar a los legisladores a cumplir con el mandato del pueblo. Con mucho respeto, diferimos. Los Tribunales están para interpretar la Constitución. El Tribunal Supremo de Puerto Rico, es el último interprete de la Constitución de Puerto Rico. En su momento, cuando el caso se discuta en el Tribunal Supremo, tendrá que decir si en Puerto Rico existe una democracia o existe una aparente democracia, con capacidad de que sus líderes políticos se conviertan en tiranos.
A mi juicio, esta la respuesta es bien sencilla. El Tribunal Supremo, en su momento, debe decidir que cuando el pueblo es consultado y emite su opinión, no hay discreción para evadir ese mandato. La Unicameralidad es algo que se viene debatiendo por muchos años. No importa que en este momento pueda haber opiniones sobre si es buena o es mala. Ya el pueblo decidió esa cuestión. Lo que es indispensable es que se haga cumplir el mandato del pueblo para que se cumpla con nuestro debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
En Puerto Rico existe la tendencia a confundir la Política con la Democracia. La Democracia es el sistema de gobierno que en teoría establece nuestra Constitución, donde el poder político está dividido en tres ramas, dos de las cuales son electas directamente por el pueblo, y se supone que respondan a nuestros deseos y aspiraciones. La política, entre otras cosas, es la ciencia que estudia el comportamiento de los ciudadanos, de sus estructuras de participación y de los partidos políticos en relación a los procesos de alcanzar y administrar el poder gubernamental. Política no es igual a Democracia, porque la política puede ejercerse correcta y prudentemente dentro de una dictadura.
El sistema democrático puertorriqueño establece que cuando se quiera hacer alguna reforma constitucional hay que someter el asunto a un referéndum donde puedan votar todos los electores hábiles. La Constitución puertorriqueña establece que una vez el pueblo hace su determinación sobre el referéndum, es necesario implantarlo. No hay discreción para que los cuerpos políticos gubernamentales hagan caso omiso de un mandato del pueblo, porque estarían contradiciendo un postulado democrático básico. Cuando la legislatura determinó consultar al pueblo sobre la Unicameralidad bajo el procedimiento extraordinario de referéndum, se había vinculado u obligado claramente con el resultado del referéndum. No hay base jurídica o constitucional que le permita a la legislatura obviar el mandato del pueblo. El mandato del pueblo no depende de la cantidad de personas que hayan votado, depende de que la elección haya sido válida e incuestionable. Hasta este momento, no se ha hecho ningún planteamiento jurídico sobre la validez del referéndum de la Unicameralidad.
Ante el proceso judicial que sigue unos ciudadanos responsables en contra de la legislatura para que se valide la voluntad del pueblo de una sola cámara, es indispensable analizar las consecuencias políticas y sociales de que se desatienda el mandato del pueblo. Si la Asamblea Legislativa no respeta el mandato del pueblo, está incurriendo en un acto tiránico y antidemocrático. Por ende, está violando la Constitución. El Tribunal Superior en su Sala de San Juan, determinó que no tenía autoridad para obligar a los legisladores a cumplir con el mandato del pueblo. Con mucho respeto, diferimos. Los Tribunales están para interpretar la Constitución. El Tribunal Supremo de Puerto Rico, es el último interprete de la Constitución de Puerto Rico. En su momento, cuando el caso se discuta en el Tribunal Supremo, tendrá que decir si en Puerto Rico existe una democracia o existe una aparente democracia, con capacidad de que sus líderes políticos se conviertan en tiranos.
A mi juicio, esta la respuesta es bien sencilla. El Tribunal Supremo, en su momento, debe decidir que cuando el pueblo es consultado y emite su opinión, no hay discreción para evadir ese mandato. La Unicameralidad es algo que se viene debatiendo por muchos años. No importa que en este momento pueda haber opiniones sobre si es buena o es mala. Ya el pueblo decidió esa cuestión. Lo que es indispensable es que se haga cumplir el mandato del pueblo para que se cumpla con nuestro debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
jueves, 29 de marzo de 2007
LLEGA A SU MADUREZ LA FACULTAD DE DERECHO EUGENIO MARÍA DE HOSTOS
Presenta la Facultad de Derecho Hostos agresivo plan de desarrollo y avances tras el proceso de acreditación
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
Con la creación de 14 nuevos empleos y un agresivo plan de diversificación de ingresos, la Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos presentó la semana pasada el plan estratégico de desarrollo integral de la institución mayagüezana 2007-2012, con miras a seguir fortaleciendo a la Facultad como una entidad solvente y de crecimiento sostenido como resultado del apoyo gubernamental y del sector privado. También presentó los avances del proceso de acreditación de la American Bar Association (ABA).
El 20 de abril, una delegación de miembros de la Facultad de Derecho visitará las oficinas centrales de la ABA en Chicago para discutir los resultados del informe de hallazgos con su comité de acreditación. La visita y el informe de hallazgos estuvieron a la altura de las expectativas y existe la confianza de alcanzar el logro de la acreditación provisional de la ABA a tono con la resolución del Tribunal Supremo del 2003.
Actualmente, la facultad mayagüezana se encuentra en su periodo de admisiones 2007-2008, y recibe la cantidad de $1.5 millones anuales por el término de cinco años de acuerdo a orden ejecutiva suscrita por el gobernador Aníbal Acevedo Vilá. La institución obtuvo además, un financiamiento de $5.0 millones para la construcción de una moderna biblioteca en el predio aledaño a la Facultad que comenzará a construirse próximamente y estará en funciones en dos años.
El ambicioso plan de desarrollo integral, que conducirá al progreso institucional durante los próximos cinco años y que generará nuevos empleos a corto plazo, incluye seis iniciativas estratégicas. En primer término, la Oficina de Desarrollo, Planificación Estratégica y Relaciones con la Comunidad, que tendrá la responsabilidad de diseñar la planificación estratégica necesaria y las gestiones de diversificación y recaudación de fondos y de relaciones con la comunidad, para que la Fundación alcance sus objetivos financieros y de desarrollo. La segunda iniciativa la compone el establecimiento de un Centro de Desarrollo Profesional que consiste de un programa acreditado de educación continua para abogados, CPA’s, ingenieros, médicos y otros profesionales del gobierno y de la industria privada.
También creará un Centro de Desarrollo de Estudiantes que tendrá la responsabilidad de identificar candidatos idóneos para ser estudiantes de la Facultad, ofrecerle servicios, talleres y apoyo para que obtengan 550 puntos o más en el examen EXADEP, examen de ingreso para estudios graduados. Trabajará además, en la preparación de estudiantes de derecho para tomar la reválida durante el proceso de estudio regular, y luego de su graduación, para que aprueben el mayor número posible.
El Bufete Hostosiano se posicionará como una unidad de litigación que funcionará como un bufete para manejar casos de indigentes que necesitan acceso efectivo a la justicia.
El Consorcio Municipal para el Desarrollo Económico y Social de la Región Oeste apoyará la organización que agrupa a los municipios de la región oeste para lograr metas comunes de desarrollo social y económico. Servirá de banco de inteligencia para el Corredor Tecnológico, el Puerto de Mayagüez, el Aeropuerto de Aguadilla, los Juegos Centroamericanos, el comercio internacional, la reducción de la pobreza y la dependencia mediante el fortalecimiento de las comunidades, entre otras iniciativas.
Luego de alcanzar la acreditación de la ABA, la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos evaluará el establecimiento de otros programas académicos bajo las tendencias modernas de la pedagogía junto a la filosofía hostosiana de la educación que incorpora desde sus primeros cursos la acción comunitaria y la práctica como base de todo aprendizaje.
La ejecución de este agresivo plan de desarrollo estratégico posicionará a la Facultad en otro nivel de desarrollo y pro-actividad y la solidificará como una institución única que persigue la formación de líderes multidisciplinarios capacitados para una práctica profesional de excelencia, para que se pueda garantizar a todos el debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
Con la creación de 14 nuevos empleos y un agresivo plan de diversificación de ingresos, la Fundación Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos presentó la semana pasada el plan estratégico de desarrollo integral de la institución mayagüezana 2007-2012, con miras a seguir fortaleciendo a la Facultad como una entidad solvente y de crecimiento sostenido como resultado del apoyo gubernamental y del sector privado. También presentó los avances del proceso de acreditación de la American Bar Association (ABA).
El 20 de abril, una delegación de miembros de la Facultad de Derecho visitará las oficinas centrales de la ABA en Chicago para discutir los resultados del informe de hallazgos con su comité de acreditación. La visita y el informe de hallazgos estuvieron a la altura de las expectativas y existe la confianza de alcanzar el logro de la acreditación provisional de la ABA a tono con la resolución del Tribunal Supremo del 2003.
Actualmente, la facultad mayagüezana se encuentra en su periodo de admisiones 2007-2008, y recibe la cantidad de $1.5 millones anuales por el término de cinco años de acuerdo a orden ejecutiva suscrita por el gobernador Aníbal Acevedo Vilá. La institución obtuvo además, un financiamiento de $5.0 millones para la construcción de una moderna biblioteca en el predio aledaño a la Facultad que comenzará a construirse próximamente y estará en funciones en dos años.
El ambicioso plan de desarrollo integral, que conducirá al progreso institucional durante los próximos cinco años y que generará nuevos empleos a corto plazo, incluye seis iniciativas estratégicas. En primer término, la Oficina de Desarrollo, Planificación Estratégica y Relaciones con la Comunidad, que tendrá la responsabilidad de diseñar la planificación estratégica necesaria y las gestiones de diversificación y recaudación de fondos y de relaciones con la comunidad, para que la Fundación alcance sus objetivos financieros y de desarrollo. La segunda iniciativa la compone el establecimiento de un Centro de Desarrollo Profesional que consiste de un programa acreditado de educación continua para abogados, CPA’s, ingenieros, médicos y otros profesionales del gobierno y de la industria privada.
También creará un Centro de Desarrollo de Estudiantes que tendrá la responsabilidad de identificar candidatos idóneos para ser estudiantes de la Facultad, ofrecerle servicios, talleres y apoyo para que obtengan 550 puntos o más en el examen EXADEP, examen de ingreso para estudios graduados. Trabajará además, en la preparación de estudiantes de derecho para tomar la reválida durante el proceso de estudio regular, y luego de su graduación, para que aprueben el mayor número posible.
El Bufete Hostosiano se posicionará como una unidad de litigación que funcionará como un bufete para manejar casos de indigentes que necesitan acceso efectivo a la justicia.
El Consorcio Municipal para el Desarrollo Económico y Social de la Región Oeste apoyará la organización que agrupa a los municipios de la región oeste para lograr metas comunes de desarrollo social y económico. Servirá de banco de inteligencia para el Corredor Tecnológico, el Puerto de Mayagüez, el Aeropuerto de Aguadilla, los Juegos Centroamericanos, el comercio internacional, la reducción de la pobreza y la dependencia mediante el fortalecimiento de las comunidades, entre otras iniciativas.
Luego de alcanzar la acreditación de la ABA, la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos evaluará el establecimiento de otros programas académicos bajo las tendencias modernas de la pedagogía junto a la filosofía hostosiana de la educación que incorpora desde sus primeros cursos la acción comunitaria y la práctica como base de todo aprendizaje.
La ejecución de este agresivo plan de desarrollo estratégico posicionará a la Facultad en otro nivel de desarrollo y pro-actividad y la solidificará como una institución única que persigue la formación de líderes multidisciplinarios capacitados para una práctica profesional de excelencia, para que se pueda garantizar a todos el debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
EL PUERTO DE LAS AMERICAS VIABILIDAD O DESARROLLO PLENO
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
Durante los últimos años se ha desatado un debate sobre el desarrollo que debe alcanzar el Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago. No hay duda de que ante las circunstancias y el andamiaje jurídico del mercado, que tiene las limitaciones a la competitividad impuestas por las leyes de cabotaje y de seguridad portuaria, el Puerto de las Américas puede ser una realidad, ya que puede utilizarse para carga doméstica, es decir, entre Puerto Rico y Estados Unidos, con un componente de carga extranjera y transbordo puro o con valor añadido, que le complemente. Esta viabilidad representará ganancias para el operador portuario y no más de 300 empleos.
Sin embargo, es indispensable dejar claro que viabilidad no es lo mismo que desarrollo pleno. El Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago podrá operar bajo las condiciones jurídicas actuales y dadas las condiciones del mercado, podrá generar ganancias para el operador. No obstante, si queremos que el Puerto sea un modelo de desarrollo auto sustentable para la región sur y para el resto del país, es indispensable eliminar todos los obstáculos que impidan el desarrollo pleno. No me conformo con la viabilidad. La calidad de vida y el futuro para mis hijas y las generaciones siguientes, está en que el Puerto de las Américas pueda desarrollar al máximo todo su potencial.
¿Por qué las Leyes de Cabotaje afectan al Puerto?
1. Porque hacen que la carga doméstica entre Puerto Rico y Estados Unidos sea de un 25% a un 30% más cara.
2. Porque cualquier compañía de valor añadido que quiera establecerse en Puerto Rico, va a evaluar el acceso al mercado doméstico norteamericano, desde la perspectiva más barata posible. Por lo que las leyes harán poco atractivo que estas empresas se establezcan en Puerto Rico.
3. El operador del puerto tendría mucha mayor fuerza para atraer líneas marítimas y compañías si no existiera la Ley de Cabotaje.
4. El nivel de empleo que generaría el Puerto sin estas leyes, sería multiplicado por estas variables y impactaría toda la región sur y el resto de la isla. Hay que notar que para que Puerto Rico tenga una economía similar a la del Estado más pobre de Estados Unidos, es indispensable generar cerca de 500.000 empleos nuevos.
5. Podríamos competir con mayores ventajas con los puertos que se están desarrollando en región.
No podemos ver el asunto de la derogación de las leyes que afectan la competitividad del Puerto como un asunto político. Todo lo contrario, es un asunto económico que todas las facciones deben tratar de conseguir para beneficio del pueblo puertorriqueño. Lamento mucho que políticos prominentes de la región sur no se atrevan hacer el trabajo que corresponde para modificar estas leyes por miedo a perder votos o por preferencias personales arcaicas. Esta visión es totalmente equivocada. Todo lo contrario. El que abogue por la modificación de estas leyes tendrá el favor del pueblo, ya que todos estamos ansiosos por ver líderes valientes que defiendan nuestro potencial de desarrollo económico y social. Debemos buscar un campeón que defienda el Puerto. Este campeón no debe tener miedo.
Por el momento, no son incompatibles las opiniones, por un lado, de que la apertura y viabilidad del Puerto de las Américas no requieren la derogación de la Ley de Cabotaje, y por el otro lado, las mayoritarias que expresan que para lograr un desarrollo pleno, es necesario derogarlas o modificarlas. Lo que sí es importante es que la apertura del Puerto y el trabajo para modificar estos impedimentos jurídicos debe hacerse paralelamente para que se pueda iniciar la operación viable del Puerto en el tiempo estimado de veinte meses y tengamos la expectativa de que se llegue al máximo de su plenitud cuando se modifiquen las leyes que le obstaculizan su competitividad. Así, el Puerto de las Américas no solamente será viable, sino que será un modelo de desarrollo económico auto sustentable que es lo que necesita este país.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
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Especial para La Perla del Sur
Durante los últimos años se ha desatado un debate sobre el desarrollo que debe alcanzar el Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago. No hay duda de que ante las circunstancias y el andamiaje jurídico del mercado, que tiene las limitaciones a la competitividad impuestas por las leyes de cabotaje y de seguridad portuaria, el Puerto de las Américas puede ser una realidad, ya que puede utilizarse para carga doméstica, es decir, entre Puerto Rico y Estados Unidos, con un componente de carga extranjera y transbordo puro o con valor añadido, que le complemente. Esta viabilidad representará ganancias para el operador portuario y no más de 300 empleos.
Sin embargo, es indispensable dejar claro que viabilidad no es lo mismo que desarrollo pleno. El Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago podrá operar bajo las condiciones jurídicas actuales y dadas las condiciones del mercado, podrá generar ganancias para el operador. No obstante, si queremos que el Puerto sea un modelo de desarrollo auto sustentable para la región sur y para el resto del país, es indispensable eliminar todos los obstáculos que impidan el desarrollo pleno. No me conformo con la viabilidad. La calidad de vida y el futuro para mis hijas y las generaciones siguientes, está en que el Puerto de las Américas pueda desarrollar al máximo todo su potencial.
¿Por qué las Leyes de Cabotaje afectan al Puerto?
1. Porque hacen que la carga doméstica entre Puerto Rico y Estados Unidos sea de un 25% a un 30% más cara.
2. Porque cualquier compañía de valor añadido que quiera establecerse en Puerto Rico, va a evaluar el acceso al mercado doméstico norteamericano, desde la perspectiva más barata posible. Por lo que las leyes harán poco atractivo que estas empresas se establezcan en Puerto Rico.
3. El operador del puerto tendría mucha mayor fuerza para atraer líneas marítimas y compañías si no existiera la Ley de Cabotaje.
4. El nivel de empleo que generaría el Puerto sin estas leyes, sería multiplicado por estas variables y impactaría toda la región sur y el resto de la isla. Hay que notar que para que Puerto Rico tenga una economía similar a la del Estado más pobre de Estados Unidos, es indispensable generar cerca de 500.000 empleos nuevos.
5. Podríamos competir con mayores ventajas con los puertos que se están desarrollando en región.
No podemos ver el asunto de la derogación de las leyes que afectan la competitividad del Puerto como un asunto político. Todo lo contrario, es un asunto económico que todas las facciones deben tratar de conseguir para beneficio del pueblo puertorriqueño. Lamento mucho que políticos prominentes de la región sur no se atrevan hacer el trabajo que corresponde para modificar estas leyes por miedo a perder votos o por preferencias personales arcaicas. Esta visión es totalmente equivocada. Todo lo contrario. El que abogue por la modificación de estas leyes tendrá el favor del pueblo, ya que todos estamos ansiosos por ver líderes valientes que defiendan nuestro potencial de desarrollo económico y social. Debemos buscar un campeón que defienda el Puerto. Este campeón no debe tener miedo.
Por el momento, no son incompatibles las opiniones, por un lado, de que la apertura y viabilidad del Puerto de las Américas no requieren la derogación de la Ley de Cabotaje, y por el otro lado, las mayoritarias que expresan que para lograr un desarrollo pleno, es necesario derogarlas o modificarlas. Lo que sí es importante es que la apertura del Puerto y el trabajo para modificar estos impedimentos jurídicos debe hacerse paralelamente para que se pueda iniciar la operación viable del Puerto en el tiempo estimado de veinte meses y tengamos la expectativa de que se llegue al máximo de su plenitud cuando se modifiquen las leyes que le obstaculizan su competitividad. Así, el Puerto de las Américas no solamente será viable, sino que será un modelo de desarrollo económico auto sustentable que es lo que necesita este país.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
martes, 13 de marzo de 2007
FUNDAMENTAL LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL
Por Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El desarrollo de los mercados globales y el aumento en la competitividad de diferentes regiones del mundo ha obligado a que los países y las empresas tengan que organizar todos los recursos disponibles para lograr el objetivo de un desarrollo económico sustentable. Bajo esa premisa, las empresas tienen que desarrollar planes estratégicos, por lo menos a mediano plazo, es decir, entre dos a cinco años, que tomen en cuenta sus fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas, para determinar el curso de acción a seguir. Planificar a mediano y largo plazo no es fácil. Requiere una considerable inversión de tiempo y esfuerzo, es necesario que participen todos los componentes de la organización para que todos crean en sus objetivos, y requiere compromisos firmes de cumplimiento. Sin embargo, es la única manera de sobrevivir en este mundo caótico de competencia global.
Para desarrollar un plan estratégico se requiere un análisis honesto de los hechos crudos de la situación de la empresa. Ese análisis debe hacerse a todos los niveles, desde los gerenciales hasta los empleados de los niveles básicos. Se tienen que evaluar las fortalezas actuales, para tratar de sacar provecho o mercadearlas. Se deben estudiar las debilidades para implantar estrategias que ayuden a superarlas. También es necesario ver las amenazas externas como la competencia y las internas como los conflictos laborales. Por último, el estudio de las oportunidades del mercado proporcionará ideas para encaminar la actividad de la empresa. Con todos estos elementos en mente, se procederá a delinear las metas y los objetivos terminales que permitan mejorar nuestra competitividad. Las metas son elementos o criterios de medición claros hacia el logro de los objetivos finales. Para alcanzar estas metas u objetivos es necesario establecer las estrategias de trabajo, las actividades y las personas encargadas con los términos determinados y razonables para materializarlas. Luego, es necesario establecer los mecanismos de seguimiento, medición y auditoria que permitan que estemos seguros de que se está cumpliendo el plan paso a paso. Existen ocasiones en que se atrasan las actividades o no se alcanzan las metas en su momento. Los mecanismos de evaluación permiten hacer los ajustes necesarios para afinar las estrategias, actividades, personas encargadas y términos de ejecución, para que no se afecte la competitividad de la empresa.
Una plan de negocios debe proporcionar las herramientas necesarias para que la empresa cree su Misión, Visión y Valores. La Misión es lo que la compañía hace en el momento de manera buena o excelente. La Visión es el objetivo Terminal como organización que quiere alcanzar la empresa durante el término del plan estratégico. Los Valores son los ideales que hacen que la empresa mantenga una coherencia ética que les ayude a alcanzar su Visión.
La Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli, C.S.P., celebrará su tercer seminario, libre de costo, titulado: Planes de negocios, clave para el éxito empresarial, en el Ponce Hilton, el próximo viernes 23 de marzo de 8 a 11:30 de la mañana, en el que se discutirá detalladamente la manera de preparar un buen plan de negocios. Los ponentes del seminario serán el CPA Luis Torres Llompart y Fabiola Collado Torres, MBA. Todos los empresarios debemos aprovechar esta oportunidad de fortalecer nuestro conocimiento sobre nuestras empresas a través de la preparación de un buen plan de negocios. Para mayor información y reservaciones favor de comunicarse con el Bufete Emmanuelli, C.S.P. al 787-848-0666.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El desarrollo de los mercados globales y el aumento en la competitividad de diferentes regiones del mundo ha obligado a que los países y las empresas tengan que organizar todos los recursos disponibles para lograr el objetivo de un desarrollo económico sustentable. Bajo esa premisa, las empresas tienen que desarrollar planes estratégicos, por lo menos a mediano plazo, es decir, entre dos a cinco años, que tomen en cuenta sus fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas, para determinar el curso de acción a seguir. Planificar a mediano y largo plazo no es fácil. Requiere una considerable inversión de tiempo y esfuerzo, es necesario que participen todos los componentes de la organización para que todos crean en sus objetivos, y requiere compromisos firmes de cumplimiento. Sin embargo, es la única manera de sobrevivir en este mundo caótico de competencia global.
Para desarrollar un plan estratégico se requiere un análisis honesto de los hechos crudos de la situación de la empresa. Ese análisis debe hacerse a todos los niveles, desde los gerenciales hasta los empleados de los niveles básicos. Se tienen que evaluar las fortalezas actuales, para tratar de sacar provecho o mercadearlas. Se deben estudiar las debilidades para implantar estrategias que ayuden a superarlas. También es necesario ver las amenazas externas como la competencia y las internas como los conflictos laborales. Por último, el estudio de las oportunidades del mercado proporcionará ideas para encaminar la actividad de la empresa. Con todos estos elementos en mente, se procederá a delinear las metas y los objetivos terminales que permitan mejorar nuestra competitividad. Las metas son elementos o criterios de medición claros hacia el logro de los objetivos finales. Para alcanzar estas metas u objetivos es necesario establecer las estrategias de trabajo, las actividades y las personas encargadas con los términos determinados y razonables para materializarlas. Luego, es necesario establecer los mecanismos de seguimiento, medición y auditoria que permitan que estemos seguros de que se está cumpliendo el plan paso a paso. Existen ocasiones en que se atrasan las actividades o no se alcanzan las metas en su momento. Los mecanismos de evaluación permiten hacer los ajustes necesarios para afinar las estrategias, actividades, personas encargadas y términos de ejecución, para que no se afecte la competitividad de la empresa.
Una plan de negocios debe proporcionar las herramientas necesarias para que la empresa cree su Misión, Visión y Valores. La Misión es lo que la compañía hace en el momento de manera buena o excelente. La Visión es el objetivo Terminal como organización que quiere alcanzar la empresa durante el término del plan estratégico. Los Valores son los ideales que hacen que la empresa mantenga una coherencia ética que les ayude a alcanzar su Visión.
La Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli, C.S.P., celebrará su tercer seminario, libre de costo, titulado: Planes de negocios, clave para el éxito empresarial, en el Ponce Hilton, el próximo viernes 23 de marzo de 8 a 11:30 de la mañana, en el que se discutirá detalladamente la manera de preparar un buen plan de negocios. Los ponentes del seminario serán el CPA Luis Torres Llompart y Fabiola Collado Torres, MBA. Todos los empresarios debemos aprovechar esta oportunidad de fortalecer nuestro conocimiento sobre nuestras empresas a través de la preparación de un buen plan de negocios. Para mayor información y reservaciones favor de comunicarse con el Bufete Emmanuelli, C.S.P. al 787-848-0666.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
domingo, 4 de marzo de 2007
BUENO ES ENEMIGO DE EXCELENTE
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El pasado 27 de febrero, la Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli C.S.P., celebró su segundo seminario titulado: “Convierte tu Negocio de Bueno a Excelente, con el Nuevo Modelo Organizacional Para el Éxito Empresarial.” Este seminario tuvo el propósito de que, ante las oportunidades de negocio que ofrece el Puerto de Las Américas, todos podamos iniciar nuestros negocios y hacerlos excelentes, y si ya los tenemos operando, mejorarlos hasta convertirlos en extraordinarios.
No tenemos negocios excelentes, porque tenemos negocios regulares o buenos. La comodidad, el conformismo y la falta de liderazgo humilde y agresivo, nos deja en una desventaja de competitividad, que es impedimento para lograr el éxito empresarial. Una empresa excelente tiene líderes categoría 5, para decirlo en términos del Jim Collins, destacado autor y profesor de la Universidad de Harvard, un líder categoría 5 es modesto y tenaz, enfrenta los hechos brutales sin peder la fe en el triunfo eventual, y vela únicamente por el triunfo de su compañía, no por su provecho personal.
Para poder tener una empresa exitosa es indispensable la selección cuidadosa de quiénes deben ser los empleados y líderes. Los empleados y líderes deben ser auto motivados y auto disciplinados. Por eso es necesario determinar primero quién y luego qué. Primero escojo los empleados perfectos, luego determino qué van a hacer. Cuando la empresa tiene que invertir dinero en motivar y llevar una micro gerencia o supervisión detallada, probablemente ha escogido los empleados y líderes equivocados. Las empresas que se convierten de buenas a excelentes enfrentan los hechos brutales, pero mantienen la fe inagotable de que al final van a prevalecer. La vida es injusta. La vida de los negocios es injusta. Pero no podemos perder la fe, y debemos seguir luchando por alcanzar la excelencia. Esto se logra gracias a los líderes de categoría 5 y empleados auto motivados y auto gestionados, ya que una buena misión y visión de la compañía es irrelevante, si no está acompañada por el apoyo de buenos empleados.
Toda empresa excelente tiene un enfoque simple en lo que sabe hacer mejor que los otros. Se plantea metas grandes y ambiciosas, pero que no se basan en mera bravura, sino en análisis concienzudo de hacia dónde debe llegar la empresa. Para lograr estas metas ambiciosas, es necesario tener una cultura de disciplina, que no es otra cosa que una adhesión firme a los protocolos de operación, junto con su auditoria para verificar que se están cumpliendo y se pueda adjudicar la responsabilidad por su incumplimiento. Recuerden que si queremos cambiar nuestra empresa, no podemos seguir haciendo lo mismo. Una definición de loco es la persona que hace siempre lo mismo y espera un resultado distinto.
Por otro lado, la tecnología para las empresas es un acelerante de desarrollo y no un fin. No es lo último en la avenida lo que nos conviene. Es lo que realmente nos ayuda a mantener la eficiencia de nuestras operaciones. Los cambios a las empresas no se dan de manera revolucionaria. Van ocurriendo poco a poco, como una rueda volanta que va acelerando y ganando momentum, hasta llegar a una velocidad insospechable. Todas las características que hemos mencionado anteriormente le van dando un poco de impulso a la rueda, hasta que su velocidad es extraordinaria y se produce entonces el cambio paradigmático de una empresa buena a excelente.
Nada de esto es posible si las empresas no tienen responsabilidad social de educar a la comunidad, de servir a los sectores marginados, de proteger el ambiente y de crear en el lugar de trabajo una cultura horizontal de diálogo y consenso, que sea ejemplo para el resto de la sociedad.
Por último, es indispensable que la empresa excelente cumpla con su responsabilidades legales hacia el Estado y sus empleados. El cumplimiento de la legalidad por parte de las empresas, les protege de litigación costosa y hace que los empleados estén contentos y por tanto, produzcan más. Además, hay que velar por la calidad humana. Todos nosotros estamos la mayor parte del tiempo en nuestros trabajos y compartiendo con nuestros compañeros. Es indispensable que el ambiente de trabajo sea el mejor posible. Por eso tenemos que aprender las destrezas de trabajo en equipo y de poder resolver nuestras diferencias. Uno de los organismos más exitosos y emergentes en el campo empresarial es la mediación. Mediante la mediación podemos resolver nuestros conflictos de manera sosegada y dialogante con la ayuda de un profesional certificado a esos efectos por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Con empresas excelentes, líderes de categoría número 5, empleados auto motivados y auto disciplinados, que trabajan en empresas con responsabilidad social, mejoramos nuestra calidad de vida, y por ende, la capacidad de defender el Debido Proceso de Ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El pasado 27 de febrero, la Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli C.S.P., celebró su segundo seminario titulado: “Convierte tu Negocio de Bueno a Excelente, con el Nuevo Modelo Organizacional Para el Éxito Empresarial.” Este seminario tuvo el propósito de que, ante las oportunidades de negocio que ofrece el Puerto de Las Américas, todos podamos iniciar nuestros negocios y hacerlos excelentes, y si ya los tenemos operando, mejorarlos hasta convertirlos en extraordinarios.
No tenemos negocios excelentes, porque tenemos negocios regulares o buenos. La comodidad, el conformismo y la falta de liderazgo humilde y agresivo, nos deja en una desventaja de competitividad, que es impedimento para lograr el éxito empresarial. Una empresa excelente tiene líderes categoría 5, para decirlo en términos del Jim Collins, destacado autor y profesor de la Universidad de Harvard, un líder categoría 5 es modesto y tenaz, enfrenta los hechos brutales sin peder la fe en el triunfo eventual, y vela únicamente por el triunfo de su compañía, no por su provecho personal.
Para poder tener una empresa exitosa es indispensable la selección cuidadosa de quiénes deben ser los empleados y líderes. Los empleados y líderes deben ser auto motivados y auto disciplinados. Por eso es necesario determinar primero quién y luego qué. Primero escojo los empleados perfectos, luego determino qué van a hacer. Cuando la empresa tiene que invertir dinero en motivar y llevar una micro gerencia o supervisión detallada, probablemente ha escogido los empleados y líderes equivocados. Las empresas que se convierten de buenas a excelentes enfrentan los hechos brutales, pero mantienen la fe inagotable de que al final van a prevalecer. La vida es injusta. La vida de los negocios es injusta. Pero no podemos perder la fe, y debemos seguir luchando por alcanzar la excelencia. Esto se logra gracias a los líderes de categoría 5 y empleados auto motivados y auto gestionados, ya que una buena misión y visión de la compañía es irrelevante, si no está acompañada por el apoyo de buenos empleados.
Toda empresa excelente tiene un enfoque simple en lo que sabe hacer mejor que los otros. Se plantea metas grandes y ambiciosas, pero que no se basan en mera bravura, sino en análisis concienzudo de hacia dónde debe llegar la empresa. Para lograr estas metas ambiciosas, es necesario tener una cultura de disciplina, que no es otra cosa que una adhesión firme a los protocolos de operación, junto con su auditoria para verificar que se están cumpliendo y se pueda adjudicar la responsabilidad por su incumplimiento. Recuerden que si queremos cambiar nuestra empresa, no podemos seguir haciendo lo mismo. Una definición de loco es la persona que hace siempre lo mismo y espera un resultado distinto.
Por otro lado, la tecnología para las empresas es un acelerante de desarrollo y no un fin. No es lo último en la avenida lo que nos conviene. Es lo que realmente nos ayuda a mantener la eficiencia de nuestras operaciones. Los cambios a las empresas no se dan de manera revolucionaria. Van ocurriendo poco a poco, como una rueda volanta que va acelerando y ganando momentum, hasta llegar a una velocidad insospechable. Todas las características que hemos mencionado anteriormente le van dando un poco de impulso a la rueda, hasta que su velocidad es extraordinaria y se produce entonces el cambio paradigmático de una empresa buena a excelente.
Nada de esto es posible si las empresas no tienen responsabilidad social de educar a la comunidad, de servir a los sectores marginados, de proteger el ambiente y de crear en el lugar de trabajo una cultura horizontal de diálogo y consenso, que sea ejemplo para el resto de la sociedad.
Por último, es indispensable que la empresa excelente cumpla con su responsabilidades legales hacia el Estado y sus empleados. El cumplimiento de la legalidad por parte de las empresas, les protege de litigación costosa y hace que los empleados estén contentos y por tanto, produzcan más. Además, hay que velar por la calidad humana. Todos nosotros estamos la mayor parte del tiempo en nuestros trabajos y compartiendo con nuestros compañeros. Es indispensable que el ambiente de trabajo sea el mejor posible. Por eso tenemos que aprender las destrezas de trabajo en equipo y de poder resolver nuestras diferencias. Uno de los organismos más exitosos y emergentes en el campo empresarial es la mediación. Mediante la mediación podemos resolver nuestros conflictos de manera sosegada y dialogante con la ayuda de un profesional certificado a esos efectos por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Con empresas excelentes, líderes de categoría número 5, empleados auto motivados y auto disciplinados, que trabajan en empresas con responsabilidad social, mejoramos nuestra calidad de vida, y por ende, la capacidad de defender el Debido Proceso de Ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
jueves, 1 de marzo de 2007
CONSECUENCIAS DEL “NO CAUSA” A FAVOR DEL DR. PEDRO ROSSELLÓ GONZÁLEZ
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
En una pasada columna, se analizó cuáles podrían ser los resultados del proceso en contra del ex gobernador Dr. Pedro Rosselló González. Ya que conocemos que no hubo causa probable, y que por tanto, no se puede procesar al ex gobernador, debemos analizar qué implicaciones tiene esto para el Estado de Derecho puertorriqueño. En primer término, hay que señalar que todo el mundo perdió en este trámite, menos el Dr. Pedro Rosselló González. La Oficina del Fiscal Especial Independiente demostró que tiene deficiencias en la ley, cuando determinó que no tenía jurisdicción para procesar al Dr. Pedro Rosselló González. La interpretación que hizo el panel especial de ex jueces fue cuestionada, pero el Secretario de Justicia no siguió los canales apelativos para lograr que se revocara por el Tribunal Supremo. En ese sentido, la ley del fiscal especial independiente debe mejorarse para evitar interpretaciones que conduzcan a que no pueda atender casos de gran importancia como el del ex gobernador Pedro Rosselló González. El Departamento de Justicia perdió 2 veces, por un lado, decidió llevar el caso en contra del ex gobernador, sin agotar los remedios apelativos para revisar la determinación del fiscal especial independiente, lo que dio la apariencia pública de que se trataba de una persecución política, ya que se estaba procesando al adversario de su jefe, el gobernador Hon. Aníbal Acevedo Vilá. Por otro lado, a pesar de tener dos oportunidades o turnos al bate ante juezas distintas, no pudo probar el criterio mínimo de causa probable.
La Rama Judicial sufrió una de las sacudidas más grande de su historia por todo el proceso que se siguió que ocasionó cuestionamientos a la integridad del proceso decisional, múltiples inhibiciones, cuestionamientos a los procesos de asignación de casos, consideraciones especiales dependiendo del ciudadano que está imputado, y resaltó el problema de independencia judicial que existe en Puerto Rico, por la naturaleza política de los nombramientos de los jueces y juezas. Hay que recalcar que el comentario de uno de los fiscales que intentó procesar al Dr. Rosselló González, de que el sistema judicial puertorriqueño no está maduro para procesar un ex gobernador, es un reflejo de la opinión jurídica que existe en el país de que todavía es necesario hacer mucho para fortalecer la independencia judicial. No cabe duda de que el sistema de nombramiento político de los jueces y juezas a un término definido, independientemente de la calidad de la inmensa mayoría de estos servidores públicos, hace que la Rama Judicial tenga unas debilidades estructurales que afectan su desempeño y la confianza del público en su imparcialidad.
Por otro lado, al considerar el impacto político de la determinación de no causa, tenemos que señalar que las consecuencias políticas del proceso contra el Dr. Rosselló González pueden ser insospechadas. Nadie podía anticipar qué iba a pasar si se encontraba causa probable, puesto que el resultado podría fortalecer las aspiraciones del ex gobernante, como también podía debilitarlas ante el reto del Comisionado Residente Luis Fortuño. Ya que sabemos que no hubo causa contra el ex gobernador Pedro Rosselló González, lo cierto es que su posición en el Partido Nuevo Progresista se ha fortalecido, lo que reduce las oportunidades de Luis Fortuño para ganar en una primaria. También reduce sustancialmente las oportunidades de “los auténticos”, es decir, los legisladores que siguen al senador Kenneth McClintock
, de que sean reintegrados al partido. Sin embargo, si no se permite a “los auténticos” que se reintegren al Partido, hay un potencial grande de división del Partido Nuevo Progresista. Con una división, sería difícil un triunfo del Dr. Rosselló González.
Lo cierto es que el proceso contra el Dr. Pedro Rosselló González ha sacudido los cimientos de nuestro sistema político constitucional. El Departamento de Justicia, la Rama Judicial, el Partido Popular Democrático y el Partido Nuevo Progresista, tendrán que evaluar por mucho tiempo el impacto de la determinación de no causa a favor de Pedro Rosselló González.
El deber de todo ciudadano responsable es analizar esta situación y en su momento, en las urnas, escoger los candidatos que aboguen por una reestructuración en nuestra Constitución y leyes para que se fortalezca la independencia judicial. De esta forma podremos reducir las dudas que afloraron en el enfrentamiento del Dr. Pedro Rosselló González, ante su debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
En una pasada columna, se analizó cuáles podrían ser los resultados del proceso en contra del ex gobernador Dr. Pedro Rosselló González. Ya que conocemos que no hubo causa probable, y que por tanto, no se puede procesar al ex gobernador, debemos analizar qué implicaciones tiene esto para el Estado de Derecho puertorriqueño. En primer término, hay que señalar que todo el mundo perdió en este trámite, menos el Dr. Pedro Rosselló González. La Oficina del Fiscal Especial Independiente demostró que tiene deficiencias en la ley, cuando determinó que no tenía jurisdicción para procesar al Dr. Pedro Rosselló González. La interpretación que hizo el panel especial de ex jueces fue cuestionada, pero el Secretario de Justicia no siguió los canales apelativos para lograr que se revocara por el Tribunal Supremo. En ese sentido, la ley del fiscal especial independiente debe mejorarse para evitar interpretaciones que conduzcan a que no pueda atender casos de gran importancia como el del ex gobernador Pedro Rosselló González. El Departamento de Justicia perdió 2 veces, por un lado, decidió llevar el caso en contra del ex gobernador, sin agotar los remedios apelativos para revisar la determinación del fiscal especial independiente, lo que dio la apariencia pública de que se trataba de una persecución política, ya que se estaba procesando al adversario de su jefe, el gobernador Hon. Aníbal Acevedo Vilá. Por otro lado, a pesar de tener dos oportunidades o turnos al bate ante juezas distintas, no pudo probar el criterio mínimo de causa probable.
La Rama Judicial sufrió una de las sacudidas más grande de su historia por todo el proceso que se siguió que ocasionó cuestionamientos a la integridad del proceso decisional, múltiples inhibiciones, cuestionamientos a los procesos de asignación de casos, consideraciones especiales dependiendo del ciudadano que está imputado, y resaltó el problema de independencia judicial que existe en Puerto Rico, por la naturaleza política de los nombramientos de los jueces y juezas. Hay que recalcar que el comentario de uno de los fiscales que intentó procesar al Dr. Rosselló González, de que el sistema judicial puertorriqueño no está maduro para procesar un ex gobernador, es un reflejo de la opinión jurídica que existe en el país de que todavía es necesario hacer mucho para fortalecer la independencia judicial. No cabe duda de que el sistema de nombramiento político de los jueces y juezas a un término definido, independientemente de la calidad de la inmensa mayoría de estos servidores públicos, hace que la Rama Judicial tenga unas debilidades estructurales que afectan su desempeño y la confianza del público en su imparcialidad.
Por otro lado, al considerar el impacto político de la determinación de no causa, tenemos que señalar que las consecuencias políticas del proceso contra el Dr. Rosselló González pueden ser insospechadas. Nadie podía anticipar qué iba a pasar si se encontraba causa probable, puesto que el resultado podría fortalecer las aspiraciones del ex gobernante, como también podía debilitarlas ante el reto del Comisionado Residente Luis Fortuño. Ya que sabemos que no hubo causa contra el ex gobernador Pedro Rosselló González, lo cierto es que su posición en el Partido Nuevo Progresista se ha fortalecido, lo que reduce las oportunidades de Luis Fortuño para ganar en una primaria. También reduce sustancialmente las oportunidades de “los auténticos”, es decir, los legisladores que siguen al senador Kenneth McClintock
, de que sean reintegrados al partido. Sin embargo, si no se permite a “los auténticos” que se reintegren al Partido, hay un potencial grande de división del Partido Nuevo Progresista. Con una división, sería difícil un triunfo del Dr. Rosselló González.
Lo cierto es que el proceso contra el Dr. Pedro Rosselló González ha sacudido los cimientos de nuestro sistema político constitucional. El Departamento de Justicia, la Rama Judicial, el Partido Popular Democrático y el Partido Nuevo Progresista, tendrán que evaluar por mucho tiempo el impacto de la determinación de no causa a favor de Pedro Rosselló González.
El deber de todo ciudadano responsable es analizar esta situación y en su momento, en las urnas, escoger los candidatos que aboguen por una reestructuración en nuestra Constitución y leyes para que se fortalezca la independencia judicial. De esta forma podremos reducir las dudas que afloraron en el enfrentamiento del Dr. Pedro Rosselló González, ante su debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
lunes, 19 de febrero de 2007
EL NUEVO CÓDIGO CIVIL
ANTE EL DEBIDO PROCESO DE LEY
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El Código Civil es un libro que contiene, después de lo dispuesto en nuestra constitución, las normas más importantes que reglamentan las relaciones entre los ciudadanos, tales como la persona, el matrimonio, la filiación, el divorcio, los contratos, las herencias, etc. El nuevo Código Civil se está preparando desde el año 1998, por una comisión de expertos multidisciplinarios, bajo la dirección de la Cámara de Representantes y del Senado, en un trabajo científico, multipartidista y no religioso sin precedentes. Este proyecto lo que hace en gran medida es recoger toda la experiencia jurisprudencial que se ha generado en más de un siglo por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, adecuar sus postulados a la Constitución y reglamentar racionalmente muchas situaciones que ocurren actualmente en nuestra sociedad, pero que no contamos con normas claras para su comprensión y control. Además, pretende adecuar nuestro derecho a los cambios reconocidos y probados en otros países que representan adelantos sociales y jurídicos.
La discusión del nuevo Código Civil ha ocasionado múltiples y agrias discusiones que es necesario enmarcar dentro de nuestro ordenamiento constitucional. Se pretende sustituir un Código Civil del siglo 19 que parte del Código Napoleónico francés y que proviene de unas circunstancias sociales, culturales, políticas y jurídicas muy distintas a las vigentes. El nuevo Código que se está discutiendo representa un avance extraordinario en la incorporación de las garantías constitucionales al ordenamiento civil de las relaciones privadas de los ciudadanos. En Puerto Rico se consagran como valores fundamentales la dignidad del ser humano, el derecho a la intimidad, la libertad de culto, la separación de iglesia y estado, la libertad de expresión, la igual protección de las leyes y el debido proceso de ley. En ciertas ocasiones el ejercicio de alguna de estas prerrogativas por nuestros ciudadanos puede hacer que las protecciones constitucionales entren en conflicto. Si la controversia llega a los tribunales, es necesario que interpreten estas protecciones y determinen cuál debe prevalecer sobre las otras. La experiencia de la jurisprudencia de Puerto Rico nos dice que la dignidad del ser humano, la intimidad y la igual protección de las leyes se han definido como que se encuentran en la cúspide de nuestra pirámide constitucional de derechos. En muchas ocasiones, cuando varios derechos entran en conflicto, la dignidad del ser humano y el derecho a la intimidad prevalecen, aun ante derechos fundamentales como la libertad de expresión.
Dentro del contexto de la discusión del Código Civil hay que tomar en cuenta que todos tenemos derecho a que el Estado no establezca o fomente una religión en particular, pues nuestro sistema de gobierno es secular, es decir, no es de naturaleza religiosa. Sin embargo, todos tenemos libertad religiosa y libertad de expresión. Por tanto, todos podemos emitir nuestra opinión sobre el Código Civil desde la perspectiva de nuestros valores religiosos. Sin embargo, el Estado no puede discriminar o negar la igual protección de las leyes a ciertos ciudadanos o basarse en principios de una tradición o creencia religiosa para hacer leyes, particularmente si esto va en detrimento de otras creencias o tiende a establecer o fomentar una religión oficial. No existe dudas de que en Puerto Rico la tradición religiosa judeo-cristiana es la más numerosa. Pero también tenemos muchas otras religiones que no pertenecen a esta tradición y a otras personas que no tienen creencias religiosas como los agnósticos y ateos. De la misma forma, existen miles de personas que por sus circunstancias sociales, escogen formas de vida que algunas religiones condenan. La belleza de un sistema democrático donde existe la protección a la dignidad humana, la intimidad, la igual protección de las leyes y a un debido proceso de ley, es que el Estado está obligado a proteger bien y a todos por igual.
Ese debe ser el norte de la discusión del Código Civil. Se debe consagrar en la ley los derechos fundamentales de los ciudadanos sin crear o fomentar diferencias por razones religiosas que los pongan en desventaja frente a otros ciudadanos. Esto cobra particular importancia cuando estas personas representan un número significativo de nuestra población como las que escogen convivir sin casarse, lo que el Código propuesto denomina como uniones de hecho, y que se conoce comúnmente como “vivir juntos”. Las personas que escogen convivir sin casarse tienen unos lazos de afectividad y económicos que no tienen protección jurídica, a pesar que deben estar protegidos por las disposiciones constitucionales que hemos mencionado. Esta falta de protección genera problemas sociales de desamparo, injusticia y hasta violencia. Lo que el Código propuesto pretende no es crear una nueva relación humana, pues ya existe en gran número. Lo que pretende es regularla para que todos podamos saber nuestros derechos y responsabilidades. Esto abona a una mejor sociedad. Por tanto, aunque algunas religiones no estén de acuerdo con las uniones de hecho por sus dogmas religiosos, deben reconocer que nuestra democracia es secular y que al momento existen personas que a pesar de tener relaciones afectivas, económicas, sociales de convivencia y hasta tienen hijos, no se les trata igual, por el mero hecho de contar con un certificado de matrimonio. Prohibir las uniones de hecho no va a impedir esta convivencia. Tampoco ha funcionado el ignorarlas como ha ocurrido hasta el presente. Por eso es que debemos permitir que los ciudadanos que escojan esta forma de vida, también tengan protección de ley. Que se les reconozca, como a todos, el debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
El Código Civil es un libro que contiene, después de lo dispuesto en nuestra constitución, las normas más importantes que reglamentan las relaciones entre los ciudadanos, tales como la persona, el matrimonio, la filiación, el divorcio, los contratos, las herencias, etc. El nuevo Código Civil se está preparando desde el año 1998, por una comisión de expertos multidisciplinarios, bajo la dirección de la Cámara de Representantes y del Senado, en un trabajo científico, multipartidista y no religioso sin precedentes. Este proyecto lo que hace en gran medida es recoger toda la experiencia jurisprudencial que se ha generado en más de un siglo por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, adecuar sus postulados a la Constitución y reglamentar racionalmente muchas situaciones que ocurren actualmente en nuestra sociedad, pero que no contamos con normas claras para su comprensión y control. Además, pretende adecuar nuestro derecho a los cambios reconocidos y probados en otros países que representan adelantos sociales y jurídicos.
La discusión del nuevo Código Civil ha ocasionado múltiples y agrias discusiones que es necesario enmarcar dentro de nuestro ordenamiento constitucional. Se pretende sustituir un Código Civil del siglo 19 que parte del Código Napoleónico francés y que proviene de unas circunstancias sociales, culturales, políticas y jurídicas muy distintas a las vigentes. El nuevo Código que se está discutiendo representa un avance extraordinario en la incorporación de las garantías constitucionales al ordenamiento civil de las relaciones privadas de los ciudadanos. En Puerto Rico se consagran como valores fundamentales la dignidad del ser humano, el derecho a la intimidad, la libertad de culto, la separación de iglesia y estado, la libertad de expresión, la igual protección de las leyes y el debido proceso de ley. En ciertas ocasiones el ejercicio de alguna de estas prerrogativas por nuestros ciudadanos puede hacer que las protecciones constitucionales entren en conflicto. Si la controversia llega a los tribunales, es necesario que interpreten estas protecciones y determinen cuál debe prevalecer sobre las otras. La experiencia de la jurisprudencia de Puerto Rico nos dice que la dignidad del ser humano, la intimidad y la igual protección de las leyes se han definido como que se encuentran en la cúspide de nuestra pirámide constitucional de derechos. En muchas ocasiones, cuando varios derechos entran en conflicto, la dignidad del ser humano y el derecho a la intimidad prevalecen, aun ante derechos fundamentales como la libertad de expresión.
Dentro del contexto de la discusión del Código Civil hay que tomar en cuenta que todos tenemos derecho a que el Estado no establezca o fomente una religión en particular, pues nuestro sistema de gobierno es secular, es decir, no es de naturaleza religiosa. Sin embargo, todos tenemos libertad religiosa y libertad de expresión. Por tanto, todos podemos emitir nuestra opinión sobre el Código Civil desde la perspectiva de nuestros valores religiosos. Sin embargo, el Estado no puede discriminar o negar la igual protección de las leyes a ciertos ciudadanos o basarse en principios de una tradición o creencia religiosa para hacer leyes, particularmente si esto va en detrimento de otras creencias o tiende a establecer o fomentar una religión oficial. No existe dudas de que en Puerto Rico la tradición religiosa judeo-cristiana es la más numerosa. Pero también tenemos muchas otras religiones que no pertenecen a esta tradición y a otras personas que no tienen creencias religiosas como los agnósticos y ateos. De la misma forma, existen miles de personas que por sus circunstancias sociales, escogen formas de vida que algunas religiones condenan. La belleza de un sistema democrático donde existe la protección a la dignidad humana, la intimidad, la igual protección de las leyes y a un debido proceso de ley, es que el Estado está obligado a proteger bien y a todos por igual.
Ese debe ser el norte de la discusión del Código Civil. Se debe consagrar en la ley los derechos fundamentales de los ciudadanos sin crear o fomentar diferencias por razones religiosas que los pongan en desventaja frente a otros ciudadanos. Esto cobra particular importancia cuando estas personas representan un número significativo de nuestra población como las que escogen convivir sin casarse, lo que el Código propuesto denomina como uniones de hecho, y que se conoce comúnmente como “vivir juntos”. Las personas que escogen convivir sin casarse tienen unos lazos de afectividad y económicos que no tienen protección jurídica, a pesar que deben estar protegidos por las disposiciones constitucionales que hemos mencionado. Esta falta de protección genera problemas sociales de desamparo, injusticia y hasta violencia. Lo que el Código propuesto pretende no es crear una nueva relación humana, pues ya existe en gran número. Lo que pretende es regularla para que todos podamos saber nuestros derechos y responsabilidades. Esto abona a una mejor sociedad. Por tanto, aunque algunas religiones no estén de acuerdo con las uniones de hecho por sus dogmas religiosos, deben reconocer que nuestra democracia es secular y que al momento existen personas que a pesar de tener relaciones afectivas, económicas, sociales de convivencia y hasta tienen hijos, no se les trata igual, por el mero hecho de contar con un certificado de matrimonio. Prohibir las uniones de hecho no va a impedir esta convivencia. Tampoco ha funcionado el ignorarlas como ha ocurrido hasta el presente. Por eso es que debemos permitir que los ciudadanos que escojan esta forma de vida, también tengan protección de ley. Que se les reconozca, como a todos, el debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
sábado, 17 de febrero de 2007
Anuncian segundo seminario de Academia Jurídico Empresarial
Ponce – “Cómo transformar su empresa de buena a excelente” es el tema del segundo seminario libre de costo que llevará la Academia Jurídico Empresarial en la región sur. El seminario será ofrecido por Karen Borrás de KB Borrás Group. De acuerdo con el Lcdo. Rolando Emmanuelli, propulsor de la Academia Jurídico Empresarial sureña, este seminario estará enfocado en los aspectos fundamentales que deben seguir los empresarios para lograr la excelencia competitiva en los tiempos difíciles
“Mantener sistemáticamente ventajas comparativas permite a las organizaciones alcanzar, sostener y mejorar su posición en el entorno socio-económico; y esto es precisamente lo que necesitamos en Puerto Rico para promover un desarrollo económico sustentable y lo que presentaremos en este segundo seminario”, sostuvo el abogado, quien es el pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur.
La Academia Jurídico Empresarial se estableció el pasado mes de enero por el Bufete Emmanuelli Jiménez C.S.P., con el objetivo de proveer asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas Derecho y Administración de Empresas. Persigue educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago. El primer seminario ofrecido giró en torno al Puerto Las Américas y contó con la participación del Ing. Ramón Torres Morales, Director Ejecutivo de la Autoridad del Puerto de las Américas.
El segundo seminario libre de costo, “Cómo transformar su empresa de buena a excelente” se llevará a cabo 27 de febrero a las 8:00 de la mañana, en el Restaurant El Ancla, en la Ave. Hostos, en Ponce. Para reservaciones de espacio puede comunicarse con el Bufete Emmanuelli al (787) 848-0666.
“Mantener sistemáticamente ventajas comparativas permite a las organizaciones alcanzar, sostener y mejorar su posición en el entorno socio-económico; y esto es precisamente lo que necesitamos en Puerto Rico para promover un desarrollo económico sustentable y lo que presentaremos en este segundo seminario”, sostuvo el abogado, quien es el pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur.
La Academia Jurídico Empresarial se estableció el pasado mes de enero por el Bufete Emmanuelli Jiménez C.S.P., con el objetivo de proveer asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas Derecho y Administración de Empresas. Persigue educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago. El primer seminario ofrecido giró en torno al Puerto Las Américas y contó con la participación del Ing. Ramón Torres Morales, Director Ejecutivo de la Autoridad del Puerto de las Américas.
El segundo seminario libre de costo, “Cómo transformar su empresa de buena a excelente” se llevará a cabo 27 de febrero a las 8:00 de la mañana, en el Restaurant El Ancla, en la Ave. Hostos, en Ponce. Para reservaciones de espacio puede comunicarse con el Bufete Emmanuelli al (787) 848-0666.
miércoles, 14 de febrero de 2007
El proceso de causa probable contra Pedro Rosselló González
ANTE EL DEBIDO PROCESO DE LEY
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
Hace dos semanas, en un caso del área Oeste, el Tribunal Apelativo resolvió que toda persona señalada como posible autor de un delito tiene derecho a que se le cite a la vista de Causa Probable bajo la Regla 6 de Procedimiento Criminal. De esta manera, puede presentar en su favor prueba documental o testifical y contrainterrogar a los testigos en su contra. Esto para que el juez o jueza pueda determinar de manera confiable si existe causa probable de que se cometió un delito y que es probable que la persona citada lo cometió. La determinación de causa probable es esencial que se lleve a cabo con las garantías mínimas de un debido proceso de ley, porque uno de sus efectos puede ser que se expida una orden de arresto contra la persona y se fije una fianza, que de no pagarse, hará que la persona ingrese en la cárcel. Obviamente, la fianza, como no es un castigo, no puede ser excesiva. La fianza sólo garantiza que la persona comparezca a las otras etapas del proceso penal. Por eso la fianza debe tomar en cuenta el riesgo de fuga, la situación económica del imputado y su peligrosidad hacia la víctima o la sociedad. La fianza puede incluir otras condiciones tales como restricciones a la libertad que no implican confinamiento.
Conforme la determinación del Tribunal de Apelaciones, es el juez o jueza quien decide si se puede celebrar la vista de causa probable para arresto sin la presencia del sospechoso. En esos casos se tiene que establecer que la policía o la fiscalía hicieron gestiones razonables y válidas para citar al sospechoso. Esta decisión es muy oportuna y correcta ante el debate que se suscitó ante el motín en el Capitolio donde el Departamento de Justicia sometió unos casos en ausencia de los sospechosos, a pesar de que estaban disponibles para comparecer. No citar a los sospechosos es un abuso de derecho que la decisión del Tribunal de Apelaciones atiende correctamente.
En el caso del pasado gobernador Pedro Roselló González, el Departamento de Justicia no sometió sus casos en ausencia a pesar de que el sospechoso se encontraba fuera de Puerto Rico. El Secretario de Justicia prefirió esperar a que llegara. Esta deferencia debe tenerse con todos los ciudadanos que pasen por ese proceso. La espera no se justifica porque se tratara del pasado gobernador. La espera se ampara en sus derechos como ciudadano. Ese razonamiento es el que inspira la determinación del Tribunal de Apelaciones. El Dr. Rosselló tiene derecho a defenderse adecuadamente en la vista de causa probable. De hecho, tuvo éxito, pues en la primera vista la jueza Ada López no encontró causa probable. No importa las razones para la determinación de que no hubo causa probable y la controversia suscitada al respecto, lo que es claro es que el hecho de que el Dr. Rosselló estuvo presente, abonó de manera definitiva a que no hubiera causa probable. Ese es el derecho que debemos tener todos.
Sin embargo, aunque no haya habido causa probable en la primera vista, las Reglas de Procedimiento Criminal le permiten un segundo turno al bate al Ministerio Público para tratar de que con la misma prueba u otra distinta, se encuentre causa probable y se pueda iniciar un proceso criminal. En este segundo turno, si se determina no causa, ya no se podrá procesar al Dr. Rosselló por los delitos imputados y terminaría el proceso criminal. Si por el contrario, existe causa probable, se inicia la acción penal y por tratarse de delitos graves, hay que fijar fianza o condiciones para su libertad con antelación a la vista preliminar y el juicio. El acusado no tiene la oportunidad de pedir como un derecho el que se celebre una nueva vista de causa probable a menos que demuestre que la vista no fue celebrada conforme a derecho. Este planteamiento es muy difícil de establecer, porque el criterio de prueba necesario para la determinación de ordenar el arresto es de meras probabilidades.
Las Reglas de Procedimiento Criminal establecen que luego de que se determina causa probable para arresto en un delito grave hay que celebrar una Vista Preliminar al amparo de la Regla 23. Esta vista tiene el objetivo de convalidar la primera determinación y de ver si existe prueba suficiente en derecho para someter a un ciudadano a los rigores de un juicio criminal. La Regla 23 establece que la vista tiene un grado mayor de formalidad y los imputados tienen más oportunidad de desarrollar su defensa, pero no es un mini juicio. De todas formas el criterio de prueba sigue siendo causa probable pero el juez o jueza tienen que ver que la evidencia que se presente pueda probar en el juicio todos los elementos del delito. Si el Ministerio Público falla en probar causa probable en la Vista Preliminar, tiene otro turno al bate, y puede solicitar una Vista Preliminar en alzada. Es decir, que para poder procesar a una persona el Fiscal tiene cuatro turnos al bate. Dos bajo la Regla 6 y dos bajo la 23. Por eso, para establecer un balance adecuado entre esta ventaja del Fiscal, sumado a todo el poder investigativo del Estado, los jueces tienen que aplicar rigurosamente los derechos de los acusados y permitirles que presenten su defensa para evita el procesamiento. Los derechos de los acusados, aunque se activan con la acción del Estado de investigar, protegen a todos los ciudadanos. Por eso, no importa que se trate del criminal más inmundo, es indispensable garantizar sus derechos constitucionales para que puedan existir el día en que los necesitemos.
El autor es Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P.
http://www.bufete-emmanuelli.com
Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur
Hace dos semanas, en un caso del área Oeste, el Tribunal Apelativo resolvió que toda persona señalada como posible autor de un delito tiene derecho a que se le cite a la vista de Causa Probable bajo la Regla 6 de Procedimiento Criminal. De esta manera, puede presentar en su favor prueba documental o testifical y contrainterrogar a los testigos en su contra. Esto para que el juez o jueza pueda determinar de manera confiable si existe causa probable de que se cometió un delito y que es probable que la persona citada lo cometió. La determinación de causa probable es esencial que se lleve a cabo con las garantías mínimas de un debido proceso de ley, porque uno de sus efectos puede ser que se expida una orden de arresto contra la persona y se fije una fianza, que de no pagarse, hará que la persona ingrese en la cárcel. Obviamente, la fianza, como no es un castigo, no puede ser excesiva. La fianza sólo garantiza que la persona comparezca a las otras etapas del proceso penal. Por eso la fianza debe tomar en cuenta el riesgo de fuga, la situación económica del imputado y su peligrosidad hacia la víctima o la sociedad. La fianza puede incluir otras condiciones tales como restricciones a la libertad que no implican confinamiento.
Conforme la determinación del Tribunal de Apelaciones, es el juez o jueza quien decide si se puede celebrar la vista de causa probable para arresto sin la presencia del sospechoso. En esos casos se tiene que establecer que la policía o la fiscalía hicieron gestiones razonables y válidas para citar al sospechoso. Esta decisión es muy oportuna y correcta ante el debate que se suscitó ante el motín en el Capitolio donde el Departamento de Justicia sometió unos casos en ausencia de los sospechosos, a pesar de que estaban disponibles para comparecer. No citar a los sospechosos es un abuso de derecho que la decisión del Tribunal de Apelaciones atiende correctamente.
En el caso del pasado gobernador Pedro Roselló González, el Departamento de Justicia no sometió sus casos en ausencia a pesar de que el sospechoso se encontraba fuera de Puerto Rico. El Secretario de Justicia prefirió esperar a que llegara. Esta deferencia debe tenerse con todos los ciudadanos que pasen por ese proceso. La espera no se justifica porque se tratara del pasado gobernador. La espera se ampara en sus derechos como ciudadano. Ese razonamiento es el que inspira la determinación del Tribunal de Apelaciones. El Dr. Rosselló tiene derecho a defenderse adecuadamente en la vista de causa probable. De hecho, tuvo éxito, pues en la primera vista la jueza Ada López no encontró causa probable. No importa las razones para la determinación de que no hubo causa probable y la controversia suscitada al respecto, lo que es claro es que el hecho de que el Dr. Rosselló estuvo presente, abonó de manera definitiva a que no hubiera causa probable. Ese es el derecho que debemos tener todos.
Sin embargo, aunque no haya habido causa probable en la primera vista, las Reglas de Procedimiento Criminal le permiten un segundo turno al bate al Ministerio Público para tratar de que con la misma prueba u otra distinta, se encuentre causa probable y se pueda iniciar un proceso criminal. En este segundo turno, si se determina no causa, ya no se podrá procesar al Dr. Rosselló por los delitos imputados y terminaría el proceso criminal. Si por el contrario, existe causa probable, se inicia la acción penal y por tratarse de delitos graves, hay que fijar fianza o condiciones para su libertad con antelación a la vista preliminar y el juicio. El acusado no tiene la oportunidad de pedir como un derecho el que se celebre una nueva vista de causa probable a menos que demuestre que la vista no fue celebrada conforme a derecho. Este planteamiento es muy difícil de establecer, porque el criterio de prueba necesario para la determinación de ordenar el arresto es de meras probabilidades.
Las Reglas de Procedimiento Criminal establecen que luego de que se determina causa probable para arresto en un delito grave hay que celebrar una Vista Preliminar al amparo de la Regla 23. Esta vista tiene el objetivo de convalidar la primera determinación y de ver si existe prueba suficiente en derecho para someter a un ciudadano a los rigores de un juicio criminal. La Regla 23 establece que la vista tiene un grado mayor de formalidad y los imputados tienen más oportunidad de desarrollar su defensa, pero no es un mini juicio. De todas formas el criterio de prueba sigue siendo causa probable pero el juez o jueza tienen que ver que la evidencia que se presente pueda probar en el juicio todos los elementos del delito. Si el Ministerio Público falla en probar causa probable en la Vista Preliminar, tiene otro turno al bate, y puede solicitar una Vista Preliminar en alzada. Es decir, que para poder procesar a una persona el Fiscal tiene cuatro turnos al bate. Dos bajo la Regla 6 y dos bajo la 23. Por eso, para establecer un balance adecuado entre esta ventaja del Fiscal, sumado a todo el poder investigativo del Estado, los jueces tienen que aplicar rigurosamente los derechos de los acusados y permitirles que presenten su defensa para evita el procesamiento. Los derechos de los acusados, aunque se activan con la acción del Estado de investigar, protegen a todos los ciudadanos. Por eso, no importa que se trate del criminal más inmundo, es indispensable garantizar sus derechos constitucionales para que puedan existir el día en que los necesitemos.
El autor es Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P.
http://www.bufete-emmanuelli.com
viernes, 19 de enero de 2007
Bufete Emmanuelli, C.S.P. funda Academia Jurídico Empresarial
El propósito de esta academia es proveer en la región sur asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas a la luz del desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago.
Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P., anunció el establecimiento de la primera Academia Jurídico Empresarial en la región sur que proveerá asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. De acuerdo con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente del Bufete, esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas.
"Hemos elaborado un extensor programa educativo libre de costo con el propósito de crear conciencia sobre la importancia que tiene establecer planes y estrategias de negocios que permita a los empresarios obtener el máximo provecho del desarrollo del Puerto de Las Américas", expresó Emmanuelli Jiménez, quien se desempeñó como presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico durante el pasado año.
Durante su presidencia en la Cámara sureña, Emmanuelli Jiménez se destacó por efectuar un abarcador programa académico enfocado al desarrollo del Puerto de Las Américas. Entre éstos realizó el Primer Simposio del Puerto de Las Américas, una actividad en la que altos funcionarios del gobierno, reconocidos economistas, planificadores, urbanistas y arquitectos presentaron las oportunidades de negocio que traerá para la zona sur el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago. El líder empresarial dirigió además, el Primer Diálogo de la Agenda Empresarial para el Desarrollo de la Región Sur, un foro en la que instituciones educativas, organizaciones sin fines de lucro, uniones obreras, representantes del gobierno y empresarios aportaron ideas para establecer los principales aspectos de desarrollo de la región sur que abarcaron seis renglones claves: Desarrollo Económico y Fomento Empresarial; Educación; Ingeniería e Infraestructura; Urbanismo, Ordenación Territorial y Usos de Terrenos; Administración Pública, Recursos Externos y Asuntos Legales; Calidad de Vida y Bienestar Social.
Otros seminarios que la Academia Jurídico Empresarial presentará en los meses subsiguientes son: Cómo hacer negocio internacional; Desarrollo de técnicas Jurídico Empresarial para convertir negocios buenos en excelentes; Cómo desarrollar la competitividad en las empresas; El derecho laboral y el impacto en nuestros negocios; Requisitos para hacer negocios en Puerto Rico; Incentivos gubernamentales y privados para el desarrollo de negocios en Puerto Rico; Puerto Rico ante los tratados de libre comercio; Entrevista y reclutamiento de empleados excelentes; Documentación y evaluación de la conducta de los empleados; Cómo es un verdadero líder empresarial; Cómo hablar en confianza en público y realizar presentaciones exitosas; Cómo hacer las cosas rápidas, eficientemente y sin estrés.
El Bufete Emmanuelli es una corporación de servicios profesionales que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de Derecho tales como: Derecho Corporativo, Derecho Comercial, Derecho Laboral, Derecho de Bienes Inmobiliarios, Derecho de Tecnología, Contratos, Valor Añadido, Resolución Alternativa de Conflictos, Ley de Inmigración, Educación en Negocios, Relaciones Gubernamentales, Derecho de Construcción, Derecho Marítimo, Derecho de Salud, Desarrollo de Empresarios, Ley Contributiva, Daños y Perjuicios, Derecho Internacional, Conflictos de leyes internacionales, Seminarios de Competitividad.
Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P., anunció el establecimiento de la primera Academia Jurídico Empresarial en la región sur que proveerá asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. De acuerdo con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente del Bufete, esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas.
"Hemos elaborado un extensor programa educativo libre de costo con el propósito de crear conciencia sobre la importancia que tiene establecer planes y estrategias de negocios que permita a los empresarios obtener el máximo provecho del desarrollo del Puerto de Las Américas", expresó Emmanuelli Jiménez, quien se desempeñó como presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico durante el pasado año.
Durante su presidencia en la Cámara sureña, Emmanuelli Jiménez se destacó por efectuar un abarcador programa académico enfocado al desarrollo del Puerto de Las Américas. Entre éstos realizó el Primer Simposio del Puerto de Las Américas, una actividad en la que altos funcionarios del gobierno, reconocidos economistas, planificadores, urbanistas y arquitectos presentaron las oportunidades de negocio que traerá para la zona sur el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago. El líder empresarial dirigió además, el Primer Diálogo de la Agenda Empresarial para el Desarrollo de la Región Sur, un foro en la que instituciones educativas, organizaciones sin fines de lucro, uniones obreras, representantes del gobierno y empresarios aportaron ideas para establecer los principales aspectos de desarrollo de la región sur que abarcaron seis renglones claves: Desarrollo Económico y Fomento Empresarial; Educación; Ingeniería e Infraestructura; Urbanismo, Ordenación Territorial y Usos de Terrenos; Administración Pública, Recursos Externos y Asuntos Legales; Calidad de Vida y Bienestar Social.
Otros seminarios que la Academia Jurídico Empresarial presentará en los meses subsiguientes son: Cómo hacer negocio internacional; Desarrollo de técnicas Jurídico Empresarial para convertir negocios buenos en excelentes; Cómo desarrollar la competitividad en las empresas; El derecho laboral y el impacto en nuestros negocios; Requisitos para hacer negocios en Puerto Rico; Incentivos gubernamentales y privados para el desarrollo de negocios en Puerto Rico; Puerto Rico ante los tratados de libre comercio; Entrevista y reclutamiento de empleados excelentes; Documentación y evaluación de la conducta de los empleados; Cómo es un verdadero líder empresarial; Cómo hablar en confianza en público y realizar presentaciones exitosas; Cómo hacer las cosas rápidas, eficientemente y sin estrés.
El Bufete Emmanuelli es una corporación de servicios profesionales que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de Derecho tales como: Derecho Corporativo, Derecho Comercial, Derecho Laboral, Derecho de Bienes Inmobiliarios, Derecho de Tecnología, Contratos, Valor Añadido, Resolución Alternativa de Conflictos, Ley de Inmigración, Educación en Negocios, Relaciones Gubernamentales, Derecho de Construcción, Derecho Marítimo, Derecho de Salud, Desarrollo de Empresarios, Ley Contributiva, Daños y Perjuicios, Derecho Internacional, Conflictos de leyes internacionales, Seminarios de Competitividad.
domingo, 31 de diciembre de 2000
Municipio de Ponce vuelve a atropellar al Pueblo en el caso del Bosque El Samán
En el día de hoy un amigo en Facebook me notificó que había visto maquinaria en el Bosque El Samán que estaba recortando la hierba y que instalaron un rótulo de una supuesta dispensa para cercar el perímetro del Bosque.
Walgreens ni el Municipio notificaron a las partes opositoras sobre esta dispensa. Esto es una violación al Debido Proceso de Ley. Al Director de la oficina de Permisos se lo olvidó que hace más de 10 años que hay opositores en este caso y que tienen que ser notificados y escuchados.
El Municipio tiene que explicar por qué razón dio esa dispensa. Una dispensa se otorga cuando no se cumple con requisitos de ley. Walgreens no tiene permiso de construcción, por tanto no cumple con la Ley. Esta dispensa es irregular y un atropello al ambiente y Pueblo de Ponce.
Que explique la Alcaldesa de Ponce y el Ing. Félix Camacho los fundamentos legales de esta dispensa.
Todos en defensa del Bosque Urbano el Samán.
Divulgado por:
Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D. LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
http://www.bufete-emmanuelli.com
http://www.bufeteamadopereira.com
http://www.remmanuelli.com
-- Desde Mi iPad
Walgreens ni el Municipio notificaron a las partes opositoras sobre esta dispensa. Esto es una violación al Debido Proceso de Ley. Al Director de la oficina de Permisos se lo olvidó que hace más de 10 años que hay opositores en este caso y que tienen que ser notificados y escuchados.
El Municipio tiene que explicar por qué razón dio esa dispensa. Una dispensa se otorga cuando no se cumple con requisitos de ley. Walgreens no tiene permiso de construcción, por tanto no cumple con la Ley. Esta dispensa es irregular y un atropello al ambiente y Pueblo de Ponce.
Que explique la Alcaldesa de Ponce y el Ing. Félix Camacho los fundamentos legales de esta dispensa.
Todos en defensa del Bosque Urbano el Samán.
Divulgado por:
Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D. LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
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