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lunes, 24 de febrero de 2014

Crisis y Oportunidades: La quiebra personal: recurso esencial para enfrentar la crisis económica

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Crisis y oportunidades

 

La quiebra personal: recurso esencial para enfrentar la crisis económica

 


Por: Rolando Emmanuelli Jiménez, JD, LLM  

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Radicar una quiebra es un derecho amparado por la Constitución de los Estados Unidos de América y disponible a todas las personas que lo necesiten. Todas las disposiciones de esta prerrogativa se encuentran en el Título 11 del Código de los Estados Unidos.

La ley de quiebras está diseñada para atender al deudor honesto, pero desafortunado, quien luego del trámite correspondiente, podrá obtener un comienzo nuevo en su vida económica. Por eso, no debe sentir pudor por tener que recurrir a las protecciones de la ley. La ventaja es que la ley le permite manejar de manera conveniente todas las deudas incluidas en la quiebra. De esta forma, usted puede reorganizar sus finanzas para poder cubrir sus necesidades y salir de sus problemas económicos.

El primer beneficio que recibe la persona que radica una quiebra es que, por orden judicial que aplica inmediata y automáticamente, se tienen que detener todas las gestiones de cobro en su contra. Es decir, no le pueden seguir llamando, hostigando, paraliza las demandas, los embargos, subastas, reposesiones de autos, las suspensiones de los servicios esenciales como agua y energía, etc. Usted queda libre del acoso de sus acreedores en lo que se atiende el caso y se dicta la orden final de descarga de las deudas.

Para la mayoría de las personas, la ley permite dos opciones de quiebras. La del plan de pago bajo el Capítulo 13 y la de la liquidación total de las deudas bajo el Capítulo 7.

En un Capítulo 13, usted tiene la oportunidad de hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que entre otras cosas, le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, atrasos en hipotecas y proteger el auto, equipo, entre otros, que haya comprado bajo un contrato de venta condicional.

Este plan de pagos puede ser de 36 a 60 meses. El término del plan dependerá de sus ingresos y de las deudas que sea necesario atender. Existen deudas que tendría que pagar en su totalidad, como por ejemplo, si desea proteger a sus codeudores, para pagar ciertas contribuciones o para conservar la casa, el auto y otros bienes con deudas aseguradas. Sin embargo, el resto de las deudas no aseguradas, se saldan con un gran descuento, o simplemente, no se pagan.

Bajo el Capítulo 7 se le descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, si es que usted desea conservar estos bienes. En caso contrario, los puede entregar al acreedor que los financió y obtendrá el descargo. Tampoco son descargables los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias, ni los impuestos de los últimos tres años.

En un caso de liquidación bajo el Capítulo 7, el deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas aseguradas por hipoteca o gravámen.

Radicar una quiebra bajo el Capítulo 7 no significa que perderá su casa y su auto. La ley tiene una serie de exenciones que le permiten conservar los bienes necesarios para su existencia y sustento.

La mejor manera de usted obtener información precisa sobre si le conviene presentar una petición de quiebras, y bajo qué capítulo le es más conveniente, es mediante una consulta personal con el abogado o abogada de su preferencia. Para que esa consulta sea efectiva, debe ir preparado con una información esencial.

Qué Traer a la Primera Consulta sobre Quiebras:

Debe traer:

Tarjeta del Seguro Social y una identificación legal vigente con foto.

Talonarios de pago de salario del último mes, con sus deducciones, tanto de usted, como de su cónyuge.

Lista de sus deudas con nombre del acreedor, número de cuenta, dirección postal y balance de la deuda. Para deudas de carro o de hipoteca, debe saber cuánto son los atrasos.

Valor en el mercado actual de su casa y el balance hipotecario, si tiene deuda. (Si tiene tasación o una opinión de valor con foto, mejor.)

Si ha sido demandado o tiene algún caso pendiente en tribunales, debe traernos la demanda u orden de embargo o ejecución.

Valor de su participación en negocios o herencias pendientes.

Si tiene un negocio personal, los ingresos y gastos del negocio.

Lista de gastos ordinarios del hogar, incluyendo:

Luz
Agua
Teléfono
Cable TV o Satélite
Cuenta de internet
Teléfonos celulares
Comida (lo que usted gasta en compra de comida en el supermercado más gastos adicionales diarios, ej., si come en un restaurante u ordena comida)
Ropa
Lavado de ropa ("laundry")
Plan médico no descontado del salario
Medicinas y gastos médicos
Diversión (ej., ir al cine, comprar un álbum de música, alquilar una película)
Libros, periódicos y revistas
Seguros no médicos
Gasolina, gomas y aceite para su auto
Pago de colegios. Debe tener evidencia.
Gastos universitarios
Ayudas a familiares
Cualquier otro gasto que tenga.

Puede ser que se requiera presentar evidencia de algunos de estos gastos.


 

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

 

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Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal

 

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La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 46 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 26 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal.

 

Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página:  www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com.


 
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El Bufete Emmanuelli, C.S.P.

 Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11

Estimados clientes y amigos(as):

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11  

Mediante la Reorganización de su Negocio bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:

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Recobrar la Viabilidad del Negocio

Controlar los Costos

Eliminar Deudas

Maximizar los Ingresos

Liberarse de Contratos Onerosos

Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales

Eliminar las Llamadas de Cobro

Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*

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Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666

Consulta Inicial Gratis
Confidencialidad

Puede escribir a:  

cap11@bufete-emmanuelli.com

Para más información visite las páginas:

www.bufete-emmanuelli.com

quiebracapitulo11.blogspot.com    

Cordialmente,

Rolando Emmanuelli Jiménez
Presidente
USDC-PR No. 214105
RUA 8509

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787-848-0666; 787-841-1435, Fax

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*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.

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El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la práctica y litigación de derecho civil, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

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Otras actividades y foros de divulgación:

Academia Jurídico Empresarial:

Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las  Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P. estableció en enero de 2007, la primera Academia Jurídico Empresarial para la región Sur que provee asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. Esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas.  
 
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Blog del Bufete Emmanuelli

El Bufete Emmanuelli publica su Blog en la siguiente dirección:  

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La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


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