Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
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Especial para La Perla del Sur
En Puerto Rico existe la tendencia a confundir la Política con la Democracia. La Democracia es el sistema de gobierno que en teoría establece nuestra Constitución, donde el poder político está dividido en tres ramas, dos de las cuales son electas directamente por el pueblo, y se supone que respondan a nuestros deseos y aspiraciones. La política, entre otras cosas, es la ciencia que estudia el comportamiento de los ciudadanos, de sus estructuras de participación y de los partidos políticos en relación a los procesos de alcanzar y administrar el poder gubernamental. Política no es igual a Democracia, porque la política puede ejercerse correcta y prudentemente dentro de una dictadura.
El sistema democrático puertorriqueño establece que cuando se quiera hacer alguna reforma constitucional hay que someter el asunto a un referéndum donde puedan votar todos los electores hábiles. La Constitución puertorriqueña establece que una vez el pueblo hace su determinación sobre el referéndum, es necesario implantarlo. No hay discreción para que los cuerpos políticos gubernamentales hagan caso omiso de un mandato del pueblo, porque estarían contradiciendo un postulado democrático básico. Cuando la legislatura determinó consultar al pueblo sobre la Unicameralidad bajo el procedimiento extraordinario de referéndum, se había vinculado u obligado claramente con el resultado del referéndum. No hay base jurídica o constitucional que le permita a la legislatura obviar el mandato del pueblo. El mandato del pueblo no depende de la cantidad de personas que hayan votado, depende de que la elección haya sido válida e incuestionable. Hasta este momento, no se ha hecho ningún planteamiento jurídico sobre la validez del referéndum de la Unicameralidad.
Ante el proceso judicial que sigue unos ciudadanos responsables en contra de la legislatura para que se valide la voluntad del pueblo de una sola cámara, es indispensable analizar las consecuencias políticas y sociales de que se desatienda el mandato del pueblo. Si la Asamblea Legislativa no respeta el mandato del pueblo, está incurriendo en un acto tiránico y antidemocrático. Por ende, está violando la Constitución. El Tribunal Superior en su Sala de San Juan, determinó que no tenía autoridad para obligar a los legisladores a cumplir con el mandato del pueblo. Con mucho respeto, diferimos. Los Tribunales están para interpretar la Constitución. El Tribunal Supremo de Puerto Rico, es el último interprete de la Constitución de Puerto Rico. En su momento, cuando el caso se discuta en el Tribunal Supremo, tendrá que decir si en Puerto Rico existe una democracia o existe una aparente democracia, con capacidad de que sus líderes políticos se conviertan en tiranos.
A mi juicio, esta la respuesta es bien sencilla. El Tribunal Supremo, en su momento, debe decidir que cuando el pueblo es consultado y emite su opinión, no hay discreción para evadir ese mandato. La Unicameralidad es algo que se viene debatiendo por muchos años. No importa que en este momento pueda haber opiniones sobre si es buena o es mala. Ya el pueblo decidió esa cuestión. Lo que es indispensable es que se haga cumplir el mandato del pueblo para que se cumpla con nuestro debido proceso de ley.
El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
Una publicación de Rolando Emmanuelli-Jiménez, J.D., LL.M., sobre los asuntos públicos que tienen impacto jurídico. Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado y notario, Presidente de Bufete Emmanuelli, C.S.P. pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y productor y anfitrión del programa Conocimiento y Acción Solidaria, que se transmite todos los sábados a las 7 AM y los domingos a las 7 PM por WPAB 550.