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lunes, 11 de agosto de 2014

Del Derecho y del Revés: Los Derechos Civiles y Humanos en Puerto Rico

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Boletín Electrónico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edición Electrónica
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Los Derechos Civiles y Humanos en Puerto Rico

 

Rolando Emmanuelli Jiménez, JD. LL.M

Editora: Naomi Jusino Girón

   

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A pesar de que anualmente las facultades de Derecho otorgan el grado de Juris Doctor a más de 400 personas, éstos abogadas y abogados salen a la calle sin una preparación adecuada para entender y defender adecuadamente los derechos civiles en Puerto Rico.

 

Los derechos civiles son los que el Estado reconoce en el texto constitucional ante la lucha incesante del pueblo, pero que están matizados por lo que el Tribunal Supremo de turno entiende que significan. El entendimiento del alcance de estos derechos civiles es extremadamente estrecho y agringolado, porque dentro de las circunstancias actuales, no pueden ir más allá de los intereses del gobierno según interpretados por el Tribunal.

 

Existe todo un cuerpo jurídico de Derecho Internacional que enumera e interpreta los derechos de todos los seres humanos desde una perspectiva mucho más amplia y liberal. Esa es la enorme brecha que existe entre los derechos civiles y los humanos. Los civiles son los que reconoce el Estado. Los Derechos Humanos son más protectores de la persona e incluyen prerrogativas económicas y sociales, porque nos pertenecen por nuestra propia naturaleza, regida por los principios inalienables de la dignidad, igualdad, libertad y los derechos a la vida y al progreso social y económico, todo esto, tanto para las personas, como para los pueblos.


 

Es en ese sentido que es necesario lanzar una voz de alerta a la profesión jurídica en Puerto Rico, con el propósito de hacerles mirar mucho más allá de las aparentes libertades civiles de los textos constitucionales, para que se comience a esgrimir vehementemente, tanto a nivel de los tribunales, como a nivel político-social, la vigencia y exigibilidad de los derechos humanos y del Derecho Internacional.

 

La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, particularmente su artículo II, se fundamenta en la Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del año 1948. Sin embargo, es en muy pocas ocasiones que los tribunales en Puerto Rico echan mano a esa declaración de derechos humanos, o a otros textos de Derecho Internacional, con el propósito de entender o interpretar nuestros derechos constitucionales.

 

Una búsqueda en los sistemas de información computadorizada de la jurisprudencia del Tribunal Supremo desde el año 1944 al presente, arrojó que de los miles de casos que ha resuelto ese tribunal, sólo ha mencionado la palabra derechos humanos en menos de 100 decisiones. Cuando se examinan detenidamente, es evidente que en la inmensa mayoría la mención del concepto es incidental, sin discusión sustantiva meritoria, y en muchos casos, se usa como aparente y equivocado equivalente al concepto de los derechos civiles.

 

La innegable disonancia entre lo que se reconoce son los derechos civiles y los derechos humanos, dentro del Derecho Constitucional, la representa la eliminación de la famosa Sección 20 de la Constitución, que contenía importantes derechos humanos que no fueron aceptados por el Congreso norteamericano, por lo que la eliminaron en el ejercicio de su poder plenario bajo la Cláusula Territorial.

 

No es posible alcanzar la plenitud del progreso de los derechos civiles puertorriqueños cuando se limita al contexto constitucional. De la única manera en que se puede ampliar la libertad individual y el respeto a la dignidad y derechos humanos, es que los abogados y abogadas comiencen a manejar los textos de derechos humanos y los utilicen para fundamentar sus reclamos ante los tribunales y ante los diferentes foros políticos y sociales.

 

La aprobación de la ley Patriota, la consolidación del poder represivo del Estado en el Homeland Segurity Agency, y el espionaje doméstico y global del National Security Agency a través de la Internet, hacen más urgente la necesidad de concienciar a todo la sociedad sobre la importancia de la defensa de los derechos humanos. Los letrados, tienen la responsabilidad de fortalecer el valor de los derechos humanos y de forzar la confrontación de ideas que adelante su respeto.

 

Si tiene duda sobre este trámite no dude en comunicarse con las oficinas del Bufete Emmanuelli, C.S.P. al 787-848-0666. www.bufete-emmanuelli.com

     

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor información vea:  
http://www.bufete-emmanuelli.com 

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Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal

 

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La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 46 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 26 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal.

 

Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página:  www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com


 
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El Bufete Emmanuelli, C.S.P.


 Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11

Estimados clientes y amigos(as):

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11  

Mediante la Reorganización de su Negocio bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:

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Consulta Inicial Gratis
Confidencialidad

Puede escribir a:  

cap11@bufete-emmanuelli.com

Para más información visite las páginas:

www.bufete-emmanuelli.com

quiebracapitulo11.blogspot.com    

Cordialmente,

Rolando Emmanuelli Jiménez
Presidente
USDC-PR No. 214105
RUA 8509

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Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico

787-848-0666; 787-841-1435, Fax

Agencia de Alivio de Deudas bajo el Código de Quiebras Federal

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.

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El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la práctica y litigación de derecho civil, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

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No se pierda el programa de radio:

 

Conocimiento y Acción Solidaria  

 

Con el economista  

Luis Rey Quiñones Soto

 

Anfitrión Rolando  

Emmanuelli Jiménez

 

Todos los sábados a las 7 de la mañana, y los domingos a las 7 de la noche por WPAB 550 en el cuadrante de su radio en  

Puerto Rico.

 

Mediante análisis y entrevistas a personalidades y expertos en los temas, impulsaremos proyectos alternativos socio-económicos que fomenten el crecimiento y bienestar del país.

Esto lo lograremos mediante la identificación y asesoramiento de la inversión interna, externa, pública y privada, desde la perspectiva de la solidaridad, que pueda responder a las necesidades sociales de

Puerto Rico.

 

Por WPAB 550 en el cuadrante de su radio



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La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


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