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martes, 25 de septiembre de 2012

Más presión para salvar El Samán


Más presión para salvar El Samán
POR JASON RODRÍGUEZ GRAFAL

A juicio de la directora ejecutiva de la Asociación de Farmacias de la Comunidad, María Isabel Vicente, la firma de una ordenanza municipal que proteja al bosque urbano El Samán debe ser una prioridad para la alcaldesa, María Meléndez Altieri. (Fotos: Jason Rodríguez Grafal)

(Ponce, 24 de septiembre) Lo quieren por escrito. El Comité Amigos de los Árboles exigió ayer a la alcaldesa de Ponce, María Meléndez Altieri, que firme una ordenanza municipal en la que se designa al bosque urbano El Samán como área protegida y extinga de una vez y por todas la posibilidad de su desaparición.

El reclamo surgió luego de que la Ejecutiva Municipal declarara por escrito que no apoya se construya allí otra farmacia de la cadena Walgreens, aunque el pasado 5 de septiembre su Oficina de Permisos extendió la vigencia de un endoso para la construcción del octavo local de esa empresa en Ponce.

Según explicó el representante legal del Comité Amigos de los Árboles, Martín González Vázquez, un bosquejo de la ordenanza fue entregado a la Administración Municipal en horas de la mañana del lunes, con una solicitud escrita para que lo adopte y presente ante la Legislatura Municipal.

El representante legal del Comité Amigos de los Árboles, Martín González Vázquez, reto a la Alcaldesa a firmar la ordenanza antes de finalizar el mes de septiembre.

El documento reclama se nombre como "bosque protegido" el solar en controversia, uno situado al oeste del parque industrial Sabanetas, y que se derogue cualquier permiso que amenace su integridad.

La ordenanza además propone se declare como "corredor ecológico protegido" segmentos de las avenidas La Ceiba, Ednita Nazario, Tito Castro, Hostos y Las Américas, al igual que en el Bulevar Miguel Pou y en el Ponce By Pass.

Esto, amparándose en disposiciones de la Ordenanza 115 del 2008-2009, donde se establece la política pública ambiental del Gobierno Municipal de Ponce.

"Sus propias palabras"

"La Alcaldesa de Ponce y los legisladores municipales no pueden hacer otra cosa que aprobar esa ordenanza municipal, porque son sus propias palabras las que están contenidas en este proyecto", declaró González Vázquez.

El pasado mes de octubre, la Alcaldesa de Ponce justificó la revocación de un permiso de poda y corte de árboles previamente aprobado a Walgreens, al afirmar que El Samán tiene uso ecológico y es de beneficio para la comunidad, al almacenar las aguas de escorrentías de las avenidas y carreteras aledañas y al crear un microclima para el beneficio de los vecinos inmediatos.

Entre los árboles identificados en el terreno hay ejemplares maduros de Moca, Acacia Amarilla, Samean y Ciruela del País.

Aunque agradeció el rechazo público de la Alcaldesa al proyecto, la dueña de la Farmacia Lorraine, Lilliam De Jesús Sánchez, pidió a la Alcaldesa que le de peso de ley a sus palabras.

Por su parte, la dueña de la Farmacia Lorraine -empresa que mantiene un pleito legal contra el proyecto de Walgreens- hizo un llamado a la Alcaldesa a que haga valer su palabra.

"No hace sentido. Por un lado no dan el permiso de corte de árboles, pero luego van y extienden el permiso de construcción", dijo Lilliam De Jesus Sánchez. "La extensión del permiso se dio sin fecha de caducación. Eso es algo terrible".

"Entendemos que la Alcaldesa debe ser más enfática, aclarar aún más y firmar la ordenanza municipal", añadió.

La conferencia de prensa convocada por el colectivo contó con la participación de representantes del Frente Unido de Defensa Indígena y la Asociación de Farmacias de la Comunidad (AFC).

"Entendemos que debe ser prioridad que la Alcaldesa firme la ordenanza que se le ha entregado para que este bosque sea una zona protegida", expresó la directora ejecutiva de la AFC, María Isabel Vicente.

De otra parte, el Comité Amigos de los Árboles informó que también radicará ante el tribunal una Moción de Reconsideración para solicitar la revocación del permiso de construcción otorgado a Walgreens.

"Aquí les dejo la ordenanza para que la presenten y la firmen. Si la rechazan, serán condenados por el juicio de la historia", concluyó el abogado González Vázquez.


Alternativas legales de liquidación o reestructuración bajo los Capítulos 7 y 11

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Alternativas legales de  

liquidación o reestructuración bajo los Capítulos 7 y 11

 


Séptimo de una Serie


Por: Rolando Emmanuelli Jiménez, JD, LLM  
y  
Yasmín Colón Colón, CPA, MBA, JD
  
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La grave crisis económica que estamos sufriendo en Puerto Rico desde el año 2005 ha ocasionado el cierre abrupto de miles de empresas y negocios familiares.

 

Cuando decimos cierre abrupto, nos referimos a que se realiza precipitadamente y sin planificación, cuando la situación económica del negocio se ha deteriorado a tal extremo, que no es posible cumplir con los compromisos de crédito y con las necesidades operacionales básicas.  

 

Esto obliga a que se cierre el negocio sin tomar una serie de previsiones que eviten problemas o consecuencias legales y económicas adicionales.

 

Lo ideal es que si empiezan a surgir indicadores de que la situación económica del negocio se deteriora, se puedan tomar medidas urgentes para atender el problema. En artículos anteriores identificamos y explicamos las diferentes etapas por las cuales puede pasar un negocio en proceso de tensión económica y las medidas que se pueden tomar, tanto sin afectar la plantilla del personal, como haciendo reducciones laborales.

 

En este artículo nos proponemos discutir la situación cuando el negocio se encuentra ante la necesidad imperiosa de tomar una determinación para liquidarse o reestructurarse bajo los Capítulos 7 u 11 de la Ley de Quiebra Federal.

 

Antes de la radicación de una quiebra, es indispensable evaluar la disyuntiva entre liquidar el negocio, ya sea fuera de la Corte de Quiebras, en la Corte de Quiebras bajo la supervisión del Síndico en un Capítulo 7 o dentro de la Corte de Quiebras, bajo un Capítulo 11 dirigido por el deudor y con la aprobación de los acreedores y la Corte.

 

El primer paso que puede tomarse luego de que todas las medidas de implantación de planes estratégicos, medidas de control de costos y de incremento de los ingresos hayan fracasado, es tratar de llevar a cabo una negociación directa con los acreedores a los fines de reducir el monto de la deuda o mejorar las condiciones de repago.  

 

Aunque estas medidas se puedan tomar desde las primeras etapas de deterioro de la empresa, cuando ninguno de los planes ha resultado, es indispensable presentarle el cuadro exacto y trasparente a los acreedores para que vean la urgencia de colaboración en la reestructuración de la deuda.  

 

En esta etapa, los acreedores saben que de no poder llegar a un acuerdo, la empresa se vería forzada a radicar quiebra, por lo que podrían incrementarse sus costos y verse reducidas las probabilidades de recobrar el crédito.  

 

La negociación con los acreedores puede permitir unas condiciones de repago que puedan cumplirse, aún cuando se cierre el negocio mediante la liquidación de los activos o la venta del negocio en marcha.

 

La venta del negocio en marcha o la liquidación de sus activos siempre es una alternativa que puede existir antes o durante el proceso de una quiebra. Antes del proceso de la quiebra, la venta del negocio en marcha o sus activos individuales tiene ventajas y desventajas, pero lo más importante es que está bajo el control del deudor para encontrar la mejor oferta.

 

El negocio en marcha se puede vender o liquidar dentro de un proceso de quiebras, pero existen diferentes alternativas. Bajo un Capítulo 7 de la Ley de Quiebras el proceso de la venta o liquidación se lleva a cabo bajo el control del Síndico. No obstante, se puede llevar a cabo una liquidación o venta de negocio en marcha bajo los auspicios del Capítulo 11, donde el deudor tiene bastante control del proceso, pero requiere la aprobación de los acreedores y de la Corte de Quiebras.

 

Es importante que este proceso de venta o liquidación del negocio se intente antes de radicar la Quiebra, para que pueda llevarse a cabo sin ningún tipo de limitación. Además, bajo una quiebra se podría tener una segunda oportunidad para lograr los objetivos de liquidación o venta.

 

Si tomando medidas estratégicas y de mejoramientos de las condiciones de pago, el negocio es viable, el deudor puede escoger la reestructuración bajo el Capítulo 11. Si el negocio no es viable, pero el deudor entiende que con la protección de la Corte de Quiebras se pueda hacer una mejor venta de los activos y tener un proceso de liquidación más exitoso, pues se puede hacer la liquidación bajo el Capítulo 11. Por ende, es indispensable saber en dónde se encuentra la empresa en términos de viabilidad para determinar si procede una liquidación.

 

La liquidación bajo el Capítulo 11 permite que el deudor pueda maximizar los ingresos de la venta del negocio en marcha o de los activos individuales. Cuando se trata de la venta de un negocio en marcha el precio puede mejorar, ya que la paralización de la sección 362 del Código de Quiebras ofrece un respiro para que el negocio pueda tomar medidas importantes que lo hagan mucho más atractivo para un comprador.  

 

De la misma manera, bajo un Capítulo 11, esta paralización le da espacio al deudor para que pueda hacer gestiones mucho más amplias de ventas de los activos individuales que también maximicen los ingresos para pagar las deudas.

 

Si el negocio es viable, gran parte del proceso de reestructuración va a depender de que la Corte de Quiebras apruebe el Escrito de Divulgación y que los acreedores aprueben el Plan de Reorganización. Luego de esta aprobación, la empresa tiene que esforzarse por cumplir con todos los términos y condiciones del Plan para que pueda emerger de la quiebra de manera exitosa.

 

Si la empresa no logra que se apruebe su Plan de Reestructuración o no logra cumplir con los términos y condiciones del Plan, podría ocurrir una desestimación de la quiebra o que se tenga que convertir el caso a uno de Capítulo 7, donde un Síndico proceda a la liquidación de la totalidad del negocio o sus activos individuales.

 

Por otro lado, puede ocurrir en la empresa cualquier evento que mejore la condición financiera, por ejemplo, nuevos negocios, ingresos, reducción de costos o mejoras en la situación económica general, que permitan al deudor a que desista voluntariamente de la quiebra. Es decir, aun sin aprobar un Plan de Reestructuración, la situación económica puede mejorar y el deudor solicitar que se le permita desistir de su quiebra.  

 

Si estas mejoras ocurren durante el proceso de cumplimiento del Plan, el deudor puede utilizar esos ingresos para acelerar el cumplimiento del Plan o mejorar el repago de sus obligaciones con los acreedores.

 

Todas estas determinaciones o salidas del proceso de Quiebra requieren un decreto final o aprobación de la Corte de Quiebras.

 

En resumen, el dilema está en viabilidad versus liquidación. Esa determinación debe tomarse en conjunto con su representante legal y sus contadores públicos autorizados.

 

Rolando Emmanuielli Jiménes es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550. Yasmín Colón Colón es CPA con una maestría en contabilidad y un grado de Juris Doctor. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

 

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Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal

 

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La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 46 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 25 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal.

 

Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com.


 
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Presidente

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