El Bufete Emmanuelli orienta jurídicamente mediante su boletín Del Derecho y del Revés:

Email Newsletter icon, E-mail Newsletter icon, Email List icon, E-mail List icon Regístre su dirección de correo electrónico en nuestra lista de boletines Del Derecho y del Revés :

sábado, 9 de mayo de 2009

Ley 212: Inversión y crecimiento: El caso de Ponce

Luis Rey Quiñones Soto, Economista
AEPR # 0503

Taller de Estudios Económicos y Sociales: TECyS

Teléfono: (787) 929-0404

Ponce Puerto Rico

___________________________________________


Ley 212: Inversión y crecimiento:

El caso de Ponce



Por Luis Rey Quiñones Soto


I. Introducción

El presente trabajo intenta arrojar luz sobre la toma de decisiones relativa a la Ley 212 ─Ley para la revitalización de los centros urbanos─, en el contexto de la Ley Núm.7 de marzo de 2009, a partir de datos específicos del centro urbano de Ponce.

De manera que, con el ámbito y la periodización del objeto de estudio, se busca cuantificar el posible efecto de los proyectos bajo el manto de la Ley 212 sobre el fisco y el crecimiento económico, para el lapso que va del primero de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2011.

En lo concerniente a la metodología para la proyección de los efectos fiscales y económicos atados a la inversión y al crédito contributivo de la Ley 212, se trabaja con escenarios mínimos. Para cada uno de las proyecciones se utiliza siempre el menor dato o proporción para el cálculo del efecto sobre los ingresos fiscales.

Para la medición del empleo y el ingreso asalariado se parte de la especificidad del Centro Historio de Ponce en términos de las dificultades que presentan el espacio y el tipo de estructuras ─ruinas, solares pequeños, demoliciones, rehabilitación─, a la logística típica para el ramo de la construcción, lo que resulta en una menor productividad o utilización menos eficiente de.maquinaria y mano de obra.

Lo anterior resulta, para el centro urbano de Ponce, en costos de construcción promedios mayores a lo promedios del mercado para el conjunto del ramo de la construcción de viviendas, lo que impone un importante disuasivo que limita la inversión del sector privado en la construcción en los centros urbanos. Ese hecho, y la búsqueda de revitalización de los deteriorados centros urbanos, inducen al legislador a incentivar la construcción privada mediante el otorgamiento de créditos contributivos para la construcción en los cascos urbanos (Ley 212).

Por último, se tomaron los datos de los 43 proyectos de construcción terminados para establecer estadígrafos de tendencia central con respecto al tiempo que discurre desde el permiso de construcción al permiso de uso de la construcción. Los datos arrojaron una media de 2.1, mediana de 2.0 y moda de 1.9.

Estas medidas son esenciales para la poder atisbar, con bastante precisión, la fecha en que el crédito contributivo entra en la contabilidad de los proponentes y del Departamento de Hacienda.

En rigor, por la consistencia en las tres medidas centrales, hay que concluir que, por término medio, el Departamento de Hacienda, comenzará el proceso de evaluación y otorgamiento del crédito contributivo después de pasados los dos años en que el proponente obtiene el permiso de construcción. El rezago se explica por razones de incertidumbre en que fueron subsumidos los créditos de la Ley 212 desde sus inicios y por los parámetros reglamentarios para la construcción en el Centro Histórico.

Asimismo, el rezago se refuerza porque los proyectos en Ponce cobijados por la Ley 212 presentan tres fases bien diferenciadas ─construido, en construcción o con permiso de construcción, o algún otro permiso, de las oficinas municipales correspondientes. Por consiguiente, esos tres escenarios imponen también diferentes itinerarios a la otorgación y disponibilidad del crédito contributivo por parte del Departamento de Hacienda, lo que le permite al fisco importantes ingresos, al menos dos años antes, de otorgar el crédito. Hoy, la incertidumbre es mayor, por lo que el rezago es una realidad que debe ser ponderado en cualquier tipo de análisis.

En los apartados subsecuentes se demuestra que, por cada dólar de crédito contributivo concedido o a conceder, la economía recibe de manera directa $1.18 centavos, veintisiete de los cuales van a manos del gobierno. En esa misma dirección se comporta la inversión total en construcción, pues por cada dólar invertido en construcción, 23.1 centavo es inversión que proviene del bolsillo del proponente y los restante 76.9 centavos son los que se otorgan como crédito por parte del gobierno; de los cuales, como se argumentó, al gobierno revierten 27 centavos. Por consiguiente desde las arcas gubernamentales, la aportación neta se reduce a 49.9 centavos por cada dólar de inversión para la elaboración y construcción de los proyectos en el Centro Histórico de Ponce bajo los beneficios contributivos de la Ley 212.

II. Inversión, crédito y desenvolvimiento económico

La base de datos suministrada por las oficinas de ordenamiento territorial y de permisos del Municipio Autónomo de Ponce, documenta el registro de 223 proyectos bajo los auspicios de La Ley 212, los cuales suponen invertir $ 213.4 millones, con créditos contributivos de $ 164.2 millones, 1,057 unidades habitacionales, cuya construcción debe crear 3,041 empleos y $ 74.7 millones en salarios para trabajadores directos de construcción.

T. Base. Ponce Ley 212: Todos los 223 Proyectos, empleos en construcción, número de viviendas


(Inversión, crédito, salarios e IVU: en millones de dólares)



Tipo de proyecto


# Proyectos



$ Inversión



$ Crédito



# Viviendas




Empleos*



$ Salarios*



Terminados



43



28.9



22.3



145



520



10.1



En
construcción



32



28.9



22.2



108



520



10.1



Con Permisos



148



155.6



119.7



804



2,001



54.5



Totales



223



213.4



164.2



1,057



3,041



74.7


Fuente:
Oficina de Ordenación Territorial y Oficina de Permisos, Municipio Autónomo de
Ponce, abril 2009. *Proyección del economista.

A partir de esa base se elabora un ejercicio predictivo sobre las variables principales para las tres modalidades en que avanzan los 223 proyectos en Ponce bajo la Ley 212. (T. Base.)

Primero, con una inversión de $213.4 millones, resulta que al fisco ingresan $ 44.06 millones. Es decir, por el efecto rezago, por cada dólar de crédito a conceder, veintisiete centavos (0.2683) entran en manos del gobierno mucho antes ─dos años promedio─ de otorgar crédito contributivo alguno (T.1.)

Asimismo, por cada dólar de inversión (hard y softs costs), para la totalidad del los proyectos, el crédito contributivo se limita a 76.9 centavos, por lo que los individuos y las empresas privadas vienen obligados a invertir 23.1 centavos en otros costos ─los softs costs, según la jerga de la construcción─, no vinculados a mano de obra y materiales.



T.1. Ponce Ley 212 Todos los proyectos: Ingresos directos mínimos al fisco: ($ en millones)





Tipo
de ingreso ($)



Construidos



En
construcción



Con permisos



$ Totales



$ Arbitrios construcción



1.09



1.08



6.46



8.63



$ Radicaciones Ponce



0.135



0.127



0.673



0.935



$ Radicaciones Hacienda



0.062



0.045



0.21



0.317



$ IVU materiales



0.58



0.58



2.1



3.26



$ Impuesto al gasto
asalariado



1.5



1.5



8.2



11.2



$ IVU al gasto asalariado



0.203



0.203



1.17



1.576



$
pagos marginales al salario



2.02



2.02



10.9



14.94



$
Impuesto a las ganancias



0.5



0.5



2.2



3.2



$ Ingreso gubernamental



6.09



6.055



31.913



44.058



Proyección del Economista a partir base de datos
OOT y OP, Ponce.

Tercero, por cada dólar de crédito contributivo, para los 223 proyectos en Ponce, la nómina asalariada es de 45.5 centavos, de los cuales 36.7 centavos se consumen por los trabajadores directos de la construcción en bienes y servicios, lo que crea y retiene empleos en esos dos sectores de la economía isleña, de manera inmediata. La demanda agregada de estos trabajadores en bienes y servicios totaliza $ 60.3 millones, lo que da nuevos bríos a la economía del centro de la ciudad al tiempo que aporta al crecimiento de la economía en su conjunto (T.2.)[1]


T.2. Ponce Ley 212 Todos los proyectos: Ventas
en millones de dólares


Efectos Directos e inmediatos sobre demanda en otros sectores:




Sector/Ventas



$ Construidos



En construcción



$ Con Permisos



$ Ventas



Comercio al por menor



4.14



4.14



22.35



30.63



Servicios



4.04



4.04



21.58



29.66



Totales



8.18



8.18



43.93



60.29



Ibídem.

Además, por cada dólar de crédito a conceder, agréguese la inversión de 31.4 centavos en materiales de construcción y relacionados que demanda la construcción de 1,057 unidades en los 223 proyectos examinados, lo cual crea y retiene empleo en ese subsector de comercio al por mayor orientado a contratistas de la construcción.

Por tanto, por cada dólar de crédito contributivo que se conceda en Ponce bajo la Ley 212 para los 223 proyectos, 26.8 centavos entra de manera directa al gobierno, 23.1 centavos deben ser, invertidos por los proponentes, 36.7 se revierten en gasto de consumo de los trabajadores y 31.4 centavos demandan materiales de construcción y relacionados.

El efecto total es contundente: por cada dólar de crédito contributivo bajo la Ley 212 en los 223 proyectos del Centro Histórico de Ponce, la economía de boricua, desde Ponce, recibe de manera directa un dólar con dieciocho centavos ($1.18); mientras, la banca cobra intereses al inversionista, y éste debe esperar por dos años, con rezago e incertidumbre, el crédito contributivo.


III. Proyectos terminados: inversión, crédito, certidumbre y economía

De conformidad con los registros de la Oficina de Ordenación Territorial del Municipio Autónomo de Ponce, a la fecha de este escrito, 43 proyectos han sido terminados, con crédito contributivo certificados por la Oficina de Ordenación Territorial del Municipio Autónomo de Ponce por $ 32 millones; de los cuales se han otorgado $ 13.5 millones por el Departamento de Hacienda, pero sólo han estado disponibles como instrumentos negociables en el mercado, $ 9.0 millones.

T.3. Proyectos terminados y en espera
otorgamiento crédito Por Hacienda en 2009



Municipio Autónomo de Ponce: Créditos en millones de dólares



Condición



# Proyectos



$ Crédito a otorgar



$ Crédito otorgado



$ Crédito

cobrado



$ Crédito a

cobrar



Terminados



13



9.0



9.0



9.0



0.0



Terminados



5



4.5



4.5



0.0



4.5



Terminados



25



18.5



0.0



0.0



18.5



Totales



43



32.0



13.5



9.0



23.0



Fuente: OOT, Ponce.

En consecuencia, existen $4.5 millones en créditos contributivos que deben ser redimidos de inmediato para que contabilicen en el año contributivo 2008; los otros $18.5 millones en créditos contributivos, los cuales pasan a la contabilidad de Hacienda y del proponente para año contributivo 2009, también deben estar disponibles antes del cierre de año natural 2009, por lo que la totalidad de créditos a ser convalidados por Hacienda, para el año natural 2009, es $23 millones (T.3.)

La venta del crédito contributivo por el inversionista está sujeta a que el Departamento de Hacienda haga disponible, como instrumento negociable en el mercado, y adjudique en sus libros, el crédito para el año contributivo en que se otorgó el mismo.

Así, por ejemplo, para los cinco proyectos con $ 4.5 millones los créditos fueron otorgados por Hacienda, pero no están disponibles como instrumento negociable en el mercado. Esa disponibilidad como instrumento negociable es crucial para que el inversionista se libere de intereses con la venta del crédito a la banca.

Por tanto, esa cantidad de $4.5 millones en crédito contributivo debe hacerse disponible, sin dilación, como instrumento negociable en el mercado, para el año contributivo 2008. Para los otros 25 proyectos, con créditos de $18.5 millones, la otorgación y disponibilidad del crédito debe estar para el año contributivo 2009.

Sólo con hechos será posible devolver la confianza y la certidumbre que necesita este segmento del mercado de la construcción.

Para que ese proceso otorgamiento y disponibilidad del crédito contributivo en Hacienda tenga credibilidad, ante los inversionistas y la banca, es necesario dejar de lado toda ambigüedad en la Ley 212 e incorporar en la Ley Núm.7 del 9 de marzo de 2009 un lenguaje que no dé margen a interpretaciones por el Departamento de Hacienda sobre su obligatoriedad de otorgar y hacer disponible el crédito contributivo, una vez el inversionista haya cumplido con todos los requisitos que se le impone de acuerdo a la Carta Circular (04-04) vigente emitida por el Departamento de Hacienda.

Recuérdese, desde la óptica fiscal, que el otorgamiento y disponibilidad del crédito en 2009, para año contributivo 2008, se limita a $ 4.5 millones; para el año contributivo 2009, a $18.5 millones, respecto a los proyectos terminados.

A la fecha de este escrito, abril de 2009, entre los 43 proyectos terminados, se han otorgado nueve (9) millones de dólares en créditos contributivos, pero los mismos produjeron $ 6.09 en ingresos directos para el gobierno, crearon 520 empleos directos en construcción, con nómina de $10.1 millones. Aquellos 520 trabajadores compraron bienes y servicios por $ 8.18 millones.

En el comercio al por mayor de materiales de construcción para contratista, los 43 proyectos, con su demanda, relanzan el empleo y el ingreso; y, con ello, insuflan mayor demanda por bienes y servicios por los trabajadores de ese subsector.

El gasto de los asalariados, y la demanda por materiales de construcción por el contratista, en tiempos de profunda crisis, al crear y retener, de manera inmediata, empleos en el comercio y en el sector de los servicios, impulsa a estos últimos al consumo de más bienes y servicios, incluidas nueva viviendas, lo que permite ampliar el efecto multiplicador y retroalimentar la inversión en el sector de la construcción.

Ese efecto multiplicador se difunde hacia los ingreso del gobierno mediante la captación de más impuestos al gasto y a los ingresos de los diferentes nuevos actores económicos que se incorporan al torrente económico a partir de aquella inversión inicial en construcción bajo la Ley 212

IV. Proyectos en construcción: Inversión, crédito y desenvolvimiento económico

A las cifras relativas al año contributivo 2009 hay que agregar el potencial de $ 26.0 millones en créditos contributivos de proyectos en construcción o a construir que, quizá, deban ser otorgados y tengan que estar disponibles para ser honrados por Hacienda para esa fecha.

Entonces, para el año contributivo 2009, el crédito potencial a reclamar ascendería a $ 44.5 millones, si se suman los $18.5 millones de proyectos terminados en 2008, pero con fecha de reclamo para 2009 (T.4.).



T.4.
Proyectos en construcción o a construir: crédito para año contributivo 2009


Municipio Autónomo de Ponce: Créditos en millones de dólares




Condición



# Proyectos



$ Crédito a otorgar



$ Cr. otorgado



$ Cr. cobrado



$ Cr. a cobrar



En construcción



31



17.0



0.0



0.0



17.0



A iniciar construc.



5



9.0



0.0



0.0



9.0



Totales



36



26.0



0.0



0.0



26.0



Fuente: Ibídem.



V. Proyectos con permisos: Potencial de inversión, crédito y desenvolvimiento económico

No es difícil imaginar que, en el ambiente adecuado de credibilidad y certidumbre, buena parte de los inversionistas con 148 proyectos con algún permiso, estarán dispuesto a construir, por lo que se hará realidad el potencial de captación de ingresos por el fisco, entre 2009 a 2011, de aquellos $ 31.91 millones que vienen obligados a desembolsar al gobierno el conjunto de estos proyectos. Este ingreso gubernamental funge de amortiguador para el otorgamiento y disponibilidad de créditos para las fecha contributivas de 2009 a 2011.

En este sentido, para posibilitar ese potencial de financiar con aquellos ingresos gubernamentales de $ 31.91 millones, autogenerados con la Ley 212, y para crear el clima de certidumbre adecuado para la banca y los inversionistas, el procedimiento para la solicitud y concesión de crédito contributivo por inversión en los centros urbanos debe continuar de manera expedita, sin cortapisas ni en las oficinas de ordenamiento territorial, ni en el Departamento de Hacienda.

En ese sentido, para evitar posibles retiros de inversionistas del mercado de la construcción en el Centro Histórico de Ponce, conviene asegurar que los proyectos que inicien construcción en el año natural 2009 puedan reclamar crédito contributivo para el año contributivo 2011. Los restante, los que comiencen construcción en 2010 y 2011, que serán la mayoría de los 148 proyectos con permisos, por el efecto rezago y de manera natural, vendrán obligados a reclamar el crédito contributivo después del 1 de enero de 2012.


T.5. Ponce Ley 212: Proyectos con permisos: empleos en construcción, número de viviendas


(Inversión, crédito, salarios e IVU: en millones de dólares)




Tipo de proyecto



# Proyectos



$ Inversión



$ Crédito



# Viviendas



Empleos*



$ Salarios*



Con Permisos



148



155.6



119.7



804



2,001



54.5




Del análisis por fase de los 148 proyectos con algún tipo de permisos, pero que todavía, en abril de 2009 no han comenzado la fase de construcción, suponen aportar $ 31.93 millones en ingreso al gobierno ─72.5 % de todos los proyectos.

Es decir, los 148 proyectos que no han iniciado construcción, en ambiente y certidumbre adecuados, de mayo de 2009 en adelante, con 155.6 millones de inversión, pueden aportar cerca de $32 millones al gobierno dos años antes de que ese mismo gobierno reconozca y conceda los créditos contributivos correspondientes. En medio del vendaval de la crisis, esos 148 proyectos prometen generar 2,001 puestos de trabajo e ingresos asalariados por $ 54.5 millones, que inducen consumo asalariado de bienes y servicios por $ 43.93 millones.

En resumen, parece poco prudente desalentar esa inversión de los 148 proyectos mediante una moratoria al crédito contributivo, dado el contexto de crisis económica y la ventaja para el fisco del rezago entre ingreso gubernamental y otorgación por el Departamento de Hacienda del crédito contributivo.

VI. Conclusión y recomendaciones

Ahora es posible concluir que la disponibilidad del crédito como instrumento negociable en el mercado, por parte del Departamento de Hacienda para la fechas fiscales 2008 a 2009, para el caso de Ponce, no tendrá un efecto fiscal mayor de 2009 y 2011, pues la entrada en construcción de los proyectos con permisos aportará cerca de 32 millones de dólares al fisco para los años fiscales en cuestión; lo que amortigua el efecto fiscal, al tiempo que impulsa le economía en momentos de dura contracción y caída de los ritmos de crecimiento económico.

Además, existen importantes efectos positivos colaterales de la revitalización de los centros urbanos que no son materia de consideración en las líneas precedentes.

Primero, se tienen 223 casos que revitalizan el Centro Histórico de Ponce con 1,057 nuevas unidades de viviendas y alrededor de 3,000 personas, con potencial de consumo para impulsar o consolidar pequeños y medianos negocios en esta zona crítica de la Ciudad Señorial.

En segundo lugar, por cada cien metros de solar que requiere, como promedio, la unidad de vivienda en el Centro Histórico de Ponce, las 1,057 unidades nuevas le ahorran a Ponce 300 de los 4000 metros que demanda a la unidad terrera. Ello implica detener en parte las ingentes inversiones públicas que exige el desparramamiento para la construcción de vivienda para 1,057 familias.

Luego, Ponce y Puerto Rico atraviesan, más que una penuria de orden cíclica, una crisis que carcome el parque industrial y el resto de la base económica. Se trata de una economía que vino a menos porque el modelo de crecimiento, cimentado sobre una endeble institucionalidad colonial, la entrega del mercado de Estados Unidos a sus empresas y una generosa política impositiva y de incentivos, fue superado por una nueva forma del comercio internacional donde el amplio mercado estadounidense fue entregado a los competidores de Puerto Rico por mediación de tratados de libre comercio, para lo cual hay que ostentar soberanía.

En esa tesitura de crisis estructural, los datos en el mercado de empleo acusan un grave deterioro que se profundiza mes a mes. El Anejo 3 evidencia que de febrero de 2008 a febrero de 2009, Ponce perdió 3,818 puestos de trabajo, el desempleo creció de 10.5 % a 13.4 % para el mismo lapso, y aparecieron 1,618 nuevos desempleados.

Y eso no es todo, de 2000 a esta fecha, de Ponce han emigrado más de 7,122 personas. No se olvide que la variable poblacional es crítica en una economía, pues es pivote del crecimiento porque son las personas las que consumen, producen y transforman el medio.

Por último, de la crisis se sale con trabajo y más trabajo, pero no uno cualquiera, sino trabajo productivo que cree más riquezas, infraestructuras, nuevas maquinaria y equipos y más viviendas.

Sería un error grave detener la Ley 212 en medio del vendaval que asola el mercado de trabajo y que mina al conjunto de la economía.

La crisis en Puerto Rico y Ponce es una de deterioro en el aparato productivo y pérdida acelerada de empleos; la retención y generación de nuevos empleos en esta fase crítica de las economías ponceña y boricua, antojan ser políticas públicas adecuadas para combatir la tendencia a la destrucción de empleos y a la dilapidación de ingresos.

En ese entorno de crisis económica de orden estructural, la inversión pública debe estar orientada a sanear, ampliar y diversificar el aparato productivo del País. El inventario de viviendas, como las infraestructuras, es parte esencial de ese patrimonio que necesita ser transformado para retomar la senda del crecimiento económico.

En ese esfuerzo por reestructurar y relanzar la economía, estas líneas recomiendan:

1. Que el procedimiento para la solicitud y concesión de crédito contributivo por inversión en los centros urbanos debe continuar de manera expedita, tanto en las oficinas de ordenamiento territorial, como en el Departamento de Hacienda,

2. Que el crédito contributivo esté disponible como instrumento negociable en el mercado para año natural 2009 para los proyectos construidos en o antes de 2008, pero que todavía no le han sido otorgados el crédito o que el mismo no este disponible,

3. Que se hagan disponibles, de inmediato, los crédito contributivos, como instrumento negociable, para aquellos cinco proyectos, con créditos contributivos de $4.5 millones otorgados para año contributivo 2008,

4. Que los proyectos que inicien construcción en el año natural 2009 puedan reclamar crédito contributivo para el año contributivo 2011.

Para cerrar, se recomienda un lenguaje taxativo, preciso y mandatorio, tanto en la enmienda a la Ley Núm. 7 del 9 marzo de 2009, como en la sección 1040M, Subcapítulo C del Subtítulo A de la Ley Núm. 120 del 31 de octubre de 1994 ─Código de Rentas Internas de Puerto Rico─ que afirme que la moratoria no aplicará a los casos arriba enumerados.



[1] Como puede observar el lector, para mantener el modelo dentro del análisis de efectos mínimos, se deja de lado el efecto multiplicador directo e indirecto de las ganancias del contratista y de los inversionistas.

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado-notario, Presidente del Bufete Emmanuelli. Entre sus actividades como abogado se dedica a promover el desarrollo pleno del Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago y escribe artículos, opiniones, pensamientos, publica fotos y ofrece conferencias y seminarios sobre diferentes temas socioeconómicos y jurídicos:


Para mayor información puede referirse a las siguientes páginas en la Internet:

Página del Bufete Emmanuelli:

Página de la Alianza Pro Sur:

Blog del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez:

Perfil del Rolando Emmanuelli Jiménez:

Fotografía de Rolando Emmanuelli Jiménez: