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jueves, 28 de junio de 2007

El PUEBLO TIENE DERECHO A UN SISTEMA UNICAMERAL

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com

Un grupo de electores que voto a favor de la unicameralidad a recurrido ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico y le ha pedido al Tribunal Supremo que asuma su jurisdicción mediante el mecanismo de certificación y resuelva si se puede obligar a los legisladores de Puerto Rico a cumplir con el mandato de la unicameralidad. El Tribunal Supremo tendrá antes si un caso histórico para el desarrollo de nuestro sistema democrático. Nuestro sistema democrático depende de que el pueblo tenga la confianza de que su voto en las urnas es respetado y de que una vez consultado para cualquier enmienda constitucional, el Estado va a cumplir con el resultado de referéndum a pesar de que no le guste el resultado. Lamentablemente el Tribunal de Primera Instancia, sala de San Juan, desestimó el caso al determinar que se ha tratado de una cuestión política y que no es posible obligar a los legisladores a llevar a cabo las acciones que requiere el referéndum de la unicameralidad. Discrepo firmemente de esta decisión ya que lo que se pide es que se ordene a la legislatura a presentar un proyecto para que el pueblo vote si lo acepta o no lo acepta. El mandato del pueblo fue claro. Presenten un proyecto a nuestra consideración para determinar el tipo de sistema unicameral que se debe implantar. No entendemos que exista una cuestión política porque esto no envuelve discreción o juicio valorativo o legislativo. Lo que involucra es cumplir con un trabajo ministerial. Un trabajo ministerial es un trabajo que el deber del cargo obliga. Y en este caso, el mandato del pueblo en el referéndum es que los legisladores, que se dedican a legislar, presenten un proyecto de ley sobre una legislatura unicameral.

El caso de la unicameralidad va a ser un caso histórico porque va a definir si vivimos en un régimen democrático o en una tiranía constitucional. El pueblo merece el sistema que se respete su voluntad democrática. El pueblo merece su debido proceso de ley.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

NUEVO PROYECTO DE REGLAS DE DERECHO PROBATORIO

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur

El Tribunal Supremo de Puerto Rico tiene la facultad constitucional de preparar Reglas de Derecho de la Prueba, Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal Civil. Esta facultad constitucional se fundamenta en que se trata de las reglas que regulan los procesos de resolución de los casos judiciales. Las reglas actuales tienen ya muchos años de vigencia, y han sufrido múltiples cambios por la vía legislativa, y mediante interpretación judicial. Por ejemplo, las Reglas de Procedimiento Criminal, que gobiernan el trámite de los casos criminales son del año 1963. Las Reglas de Derecho Probatorio y de Procedimiento Civil, se originaron en 1979. Por tanto, ya es imperiosa una revisión de dichos cuerpos de normas.

El pasado 10 de abril de 2007, el Comité Permanente para la Revisión de las Reglas de Derecho Probatorio del Tribunal Supremo, al cual me honra pertenecer, entregó al Juez Presidente, Honorable Federico Hernández Delton, el informe de revisión de las Reglas de Derecho Probatorio. Las Reglas de Derecho Probatorio son las que regulan el proceso de juicio. Esto incluye, el proceso de presentación e interrogatorio de los testigos, la presentación de la prueba física y documental y el orden y modo de cómo se conduce el juicio. El nuevo estudio preparado por el Comité contó con el apoyo de jueces, abogados y profesores de esa área, e incorporó los más avanzados desarrollos de las reglas del juicio, para que contemos con un cuerpo de Reglas adaptado a nuestras necesidades.

El proceso de aprobación de las nuevas Reglas de Derecho Probatorio pasará por varias etapas que incluyen divulgación masiva, vistas públicas y también comentarios mediante la vía electrónica. Cualquier persona puede tener acceso a este proyecto, y podrá emitir sus comentarios al respecto visitando la página de Internet del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Una vez concluya el trámite de recibir las reacciones o comentarios, se llevará a cabo una Conferencia Judicial, en la cual los jueces y estudiosos del Derecho podrán emitir sus comentarios y análisis finales para que el proyecto esté listo para consideración de los Honorables jueces del Tribunal Supremo.

Una vez el Tribunal aprueben el proyecto por virtud de la Constitución, se someterá a la Asamblea Legislativa, y si la Asamblea Legislativa no actúa en 60 días, se aprobarán las nuevas Reglas de Derecho Probatorio. Para que las Reglas no entren en vigor, la Asamblea Legislativa tendría que rechazarlas mediante ley expresa. La Asamblea Legislativa conserva la facultad de recibir el proyecto y enmendarlo conforme a su mejor parecer, y se seguiría el trámite de cualquier otra ley.

Las Reglas de Derecho Probatorio garantizan el Debido Proceso de Ley. Ya es tiempo de que se apruebe un nuevo grupo de reglas que contengan los más avanzados desarrollos de los trámites del juicio. Esto permitirá que todos gocemos de justicia rápida y económica.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

EL DERECHO LABORAL Y LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur

El derecho laboral en Puerto Rico es muy complejo. Su complejidad genera muchas controversias e incertidumbres sobre cómo proceder en diferentes situaciones en la relación patrono-empleado. Por esas circunstancias, existe una profesión sobre recursos humanos y la necesidad de asesoramiento jurídico, a la hora de tomar determinaciones que puedan generar una controversia laboral. La mayoría de los seminarios y actividades de orientación sobre derecho laboral, se enfocan en el proceso de reclutamiento, evaluación y despido. Esto ocurre porque son los trámites que pueden generar más problemas. Sin embargo, no se ofrece mucha orientación sobre cómo aprovechar el derecho laboral vigente para apuntalar la competitividad de las empresas.

La competitividad de las empresas es esencial para poder mantener una economía vigorosa ante los retos de la globalización. La globalización implica que ya nuestra empresa no compite con las de nuestra región, sino que compite a un nivel mundial por el acceso fácil a bienes y servicios de cualquier parte del mundo. En ese sentido, la competitividad requiere que se pueda producir el servicio o el artículo al menor costo posible, y que cuente con la calidad máxima dentro del renglón, para que los consumidores puedan escoger el valor que ofrece nuestra empresa. Por esta razón, es necesario revisar todos los procesos que conduzcan a la prestación de bienes y servicios.

El derecho laboral permite que se utilice diferentes maneras de reclutar o contratar empleados para rendir las diferentes encomiendas o tareas. Actualmente en Puerto Rico puede contratarse un empleado por un periodo probatorio de 90 días para poder evaluar sus ejecutorias, y determinar si el empleado se queda en una plaza permanente. También se pueden contratar a un empleado para que esté por un tiempo determinado, que al transcurrir, queda sin efecto el contrato. Además, puede contratarse empleados para que trabajen a jornada completa, o a jornada parcial. Existe también la oportunidad de contratar a un empleado bajo el concepto de “flexi-time”, que permite el manejo de las horas de entrada y salida de los empleados de una manera mucho más laxa. Otra forma es recurrir a una agencia de empleo para que suministre empleados que no serán parte de la plantilla laboral de la empresa. Por último, existen los contratos de servicios profesionales, que tienen unos requisitos particulares muy estrictos, y que si no se hacen de la manera correcta, pueden generar responsabilidad para nuestra empresa.

Por ende, existen muchas maneras de contratar empleados, y la manera más adecuada va a depender de las características de la empresa, del tipo de servicio que se presta, de los productos que se preparan, y el mercado en que está trabajando la compañía. Cada uno de estos tipos de empleados pueden ser más o menos convenientes y pueden afectar la competitividad. Todos los empresarios deben conocer cuál es la mejor manera de contratar a sus empleados cumpliendo cabalmente con la legislación laboral. Para poder hacer esto, es indispensable consultar el abogado de su preferencia, o debe asistir a talleres o seminarios que trabajen este tema.

El 11 de mayo del 2007, la Academia Jurídico Empresarial del Bufete Emmanuelli C.S.P., celebró un seminario titulado “Cómo Utilizar el Derecho Laboral para Mejorar la Competitividad de Nuestras Empresas”. Este seminario se llevó a cabo en el Ponce Hilton, y se exploraron todas las diferentes maneras de contratación, y los efectos que tienen sobre la competitividad de las empresas. El seminario ofreció la oportunidad de poder ajustar la plantilla laboral de las empresas para hacerlas más costo efectivas y competitivas.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com