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lunes, 15 de junio de 2015

LEY DE SUSTANCIAS CONTROLADAS

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Del Derecho y
Del Revés

Boletín Electrónico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edición Electrónica
Correo Electrónico Autorizado

 

 

LEY DE SUSTANCIAS CONTROLADAS

 

 

 

Por Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.

 

 

 

La ley 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada, se conoce como la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico. Esta Ley clasifica todas aquellas sustancias, cuyo uso, posesión, venta o distribución, será considerado como ilegal en Puerto Rico. Las clasificaciones de las sustancias controladas o drogas se harán de acuerdo a su peligrosidad y potencial de abuso.

 

Entre los criterios que se utilizan a la hora de determinar y clasificar las sustancias que serán controladas, se encuentran los siguientes:


 

a) su alto potencial de abuso, real o relativo;


 

b) si se tiene uso medicinal aceptado en los Estado Unidos, o uso medicinal aceptado con severas restricciones;


 

c) si carece de condiciones aceptadas de seguridad para su uso bajo supervisión médica;


 

d) si su abuso puede conducir a dependencia sicológica o física;


 

e) su historial y patrón actual de abuso;


 

f) alcance, duración e implicación del abuso;


 

g) riesgos, si alguno, para la salud pública.

 

Bajo esta Ley, será ilegal que cualquier persona, a sabiendas o intencionalmente:


 

a) fabrique, distribuya, dispense, transporte u oculte, o posea con la intención de fabricar, distribuir, dispensar, transportar u ocultar una sustancia controlada;


 

b) produzca, distribuya, dispense, transporte u oculte o posea con la intención de distribuir o dispensar, transportar u ocultar una sustancia controlada;


 

c) posea alguna sustancia controlada, a menos que tal sustancia haya sido obtenida directamente o de conformidad con la receta u orden de un profesional actuando dentro del marco de su práctica profesional;


 

d) distribuya, dispense, o en cualquier forma transfiera o administre una sustancia controlada o parafernalia a una persona menor de 18 años.

 

Toda persona que a sabiendas o intencionalmente cometa una de las conductas antes señaladas incurrirá en un delito grave, y culpable que fuere, podrá ser sentenciada con pena de reclusión por un término fijo que puede alcanzar los veinte (20) años. De mediar circunstancias agravantes la pena fija podrá ser aumentada. En adición a la pena de reclusión, se podría imponer una multa que en algunos casos no excederá los veinticinco mil ($25,000.00) dólares; y en otros no excederá los cincuenta mil ($50,000.00) dólares.

 

La ley de sustancias controladas provee, en algunas circunstancias, un mecanismo para conceder un privilegio de libertad a prueba o desvío a ciertas personas. Sus beneficios están limitados a personas que sean primeros infractores o que no hayan sido condenadas anteriormente por delitos relacionados con sustancias controladas. Este desvío se diferencia sustancialmente de la Ley de Sentencias Suspendidas. 


 

Una de las diferencias principales entre la probatoria tradicional y la contemplada en la Ley de Sustancias Controladas, es que bajo esta última, no hay pronunciamiento de culpabilidad o condena por un delito. Esto quiere decir, que en lugar de dictar sentencia, el tribunal fija un período durante el cual la persona se someterá a tratamiento y aquellas condiciones que entienda apropiadas. De ocurrir algún incumplimiento por parte del beneficiario, se revoca la libertad a prueba y entonces se dicta la sentencia correspondiente contra la persona acusada. Por el contrario, si expira el período fijado habiendo cumplido la persona con las condiciones impuestas, el tribunal, luego de celebrar una vista, puede dar por terminado el período probatorio y exonerarlo, si entiende que la persona está rehabilitada o, de ser necesario, puede ampliar el plazo de la libertad a prueba. Hay que aclarar que esta exoneración no es obligatoria por el sólo hecho de que la persona haya cumplido con las condiciones, se trata de un asunto bajo la discreción de los tribunales.

 

La Ley de Sustancias Controladas tiene el propósito de intentar proteger a la sociedad del impacto negativo de las dogas y narcóticos. Sin embargo, existe un debate intenso sobre si es el mejor mecanismo para combatir el uso y tráfico de sustancias prohibidas y el correspondiente impacto en los índices de criminalidad. Véase el artículo previo sobre Drogas y Criminalidad.

 

La Ley de sustancias controladas es muy técnica y compleja y acarrea muchos riesgos para las personas que tengan acceso a drogas. De tener alguna duda, debe recurrir al abogado o abogada de su preferencia para que le oriente sobre los pasos a seguir.

 

 

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com 


 

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Publican libro: 
Abecé del Derecho Puertorriqueño

Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico




Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Revés publicó su nuevo libro electrónico (e-book) titulado Abecé del Derecho Puertorriqueño, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. Así lo informó el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra. 

"En esta publicación explicamos de forma práctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorriqueños. Además, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el país", explicó Emmanuelli Jiménez.

El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jurídicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. También, provee a los estudiantes de derecho una visión panorámica de las materias que enfrentarán en sus estudios de derecho. 

La obra describe el sistema de resolución de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, así como la relación profesional y ética con las personas a quienes sirven. Además, examina las situaciones de conflicto más comunes que cada ciudadano podría involucrarse como los asuntos de familia, contratos, daños y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los trámites apelativos. 

"El texto incluye consejos prácticos para enfrentar las diferentes situaciones jurídicas y los señalamientos críticos sobre cómo deben modificarse las leyes para lograr soluciones más justas, rápidas y económicas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", reveló Emmanuelli Jiménez.

El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edición para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edición para Ipad.

 
Publican Libro sobre reestructuración de negocios para enfrentar la crisis

La obra es una guía básica jurídica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce -  Reestructuración de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el título del nuevo libro electrónico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Revés, que expone de forma clara las medidas generales y específicas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis económica. Así lo informó el licenciado Rolando Emmanuelli Jiménez, presidente de Bufete Emmanuelli.

 

"El texto es una guía básica jurídica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuración de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explicóEmmanuelli-Jiménez. 

 

La obra, de la autoría del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez y de la CPA y abogada Yasmín Colón Colón, discute además las posibilidades de reorganización sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Capítulo 11 del Código de Quiebras Federal. La publicación es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorriqueño.

 

El texto está redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensión tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes.  El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edición para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edición para Ipad.

 

El libro puede obtenerse en estos enlaces:

 

Amazon.com

 

Ibooks Store

 

Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11 de la Ley Federal.

 
Otras publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D. LL.M.


Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jurídicos y de ciencias forenses. Además, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. En esta tercera edición del Prontuario el propósito continúa inalterado para contar con una fuente ágil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto y como apoyo inmediato a la transición hacia las Nuevas Reglas de Derecho Probatorio que entraron en vigor el 1 de enero de 2010.


Compendio de Derecho Probatorio Puertorriqueño
 

Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueña, esta edición contiene una explicación suscinta y menos técnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.





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Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal

 

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La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 48 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 27 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal.

 

Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página:  www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com

Programa de Radio Conocimiento y Acción Solidaria

Anfitrión Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez

 

Todos los sábados a las 7 de la mañana, y los domingos a las 4 de la tarde por WPAB 550 en el cuadrante de su radio en Puerto Rico.

 

Mediante análisis y entrevistas a personalidades y expertos en los temas, impulsaremos proyectos alternativos socio-económicos que fomenten el crecimiento y bienestar del país.

Esto lo lograremos mediante la identificación y asesoramiento de la inversión interna, externa, pública y privada, desde la perspectiva de la solidaridad, que pueda responder a las necesidades sociales de

Puerto Rico.

 

Por WPAB 550 en el cuadrante de su radio.

 

También puede ver la edición en video del programa en la siguiente dirección: www.youtube/remmanuelli 



 
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 Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11

Estimados clientes y amigos(as):

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11  

Mediante la Reorganización de su Negocio bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:

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Recobrar la Viabilidad del Negocio

Controlar los Costos

Eliminar Deudas

Maximizar los Ingresos

Liberarse de Contratos Onerosos

Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales

Eliminar las Llamadas de Cobro

Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*

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Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666

Consulta Inicial Gratis
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Puede escribir a:  

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Para más información visite las páginas:

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Cordialmente,

Rolando Emmanuelli Jiménez
Presidente
USDC-PR No. 214105
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787-848-0666; 787-841-1435, Fax

Agencia de Alivio de Deudas bajo el Código de Quiebras Federal

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.


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La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


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