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miércoles, 30 de enero de 2008

PRO SUR Y DISUR ALIANZAS PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA REGIÓN SUR

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com

El Alcalde Francisco Zayas Seijo convocó a los sectores gubernamentales, empresariales y universitarios para establecer una alianza regional denominada Desarrollo Integral del Sur (DISUR), que promueva el desarrollo socioeconómico, la competitividad y el bienestar de la Región Sur de Puerto Rico. Ello se logrará a través del alineamiento de esfuerzos y recursos de estos sectores y de un proceso de planificación regional que capitalice sobre los activos y potencialidades de toda la Región Sur.

La función de DISUR representa un enfoque de planificación macro económico indispensable para lograr un desarrollo ordenado de la Región y presentar a toda la comunidad empresarial las ventajas y oportunidades de invertir en la zona sur. La iniciativa de DISUR es encomiable y sigue el modelo de otras instituciones y consorcios regionales de Puerto Rico que han tenido extraordinario éxito en desarrollar iniciativas importantes de planificación.

Las perspectivas de desarrollo económico que ofrece el Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago hacen indispensable la creación de otros grupos e instituciones que complementen las funciones de planificación regional de DISUR.

La Alianza de Profesionales del Sur (PRO SUR) es un grupo de profesionales que va atender las necesidades específicas e individuales de los empresarios que quieran insertarse en los procesos de desarrollo económico de la región Sur. La iniciativa constituye un esfuerzo integrado y orquestado por un conjunto de especialistas que desarrollarán actividades de divulgación, consultoría, estudios científicos, cabildeo y servicios directos a empresarios para apoyar sus estrategias de desarrollo económico basado en el Puerto de Las Américas. El grupo compuesto por cinco empresas con más de 20 años de experiencia cada uno en las áreas de derecho, relaciones públicas, publicidad y mercadeo, contabilidad, contribuciones, economía, finanzas, inversiones, administración pública, arquitectura y planificación urbana, tiene como objetivo ofrecer soluciones integrales (turn key) que potencien el desarrollo de industrias nativas y extranjeras. En ese sentido, PRO SUR, al atender el ámbito micro económico, complementa la gestión de DISUR y en conjunto presentan una multiplicidad de alternativas que son vitales para lograr los objetivos de desarrollo sustentable y sostenido que todos aspiramos.

No existe incompatibilidad ni incongruencia entre lo que hacen DISUR y PRO SUR, todo lo contrario, son herramientas que atienden tanto el bienestar común, como el interés particular de los empresarios en su gestión de crecimiento económico.

PRO SUR y DISUR colaborarán estrechamente para que no se pierda ninguna de las oportunidades que el desarrollo del Puerto de Las Américas representa para la comunidad sureña.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

ENMIENDA CONSTITUCIONAL SOBRE EL MATRIMONIO: ERROR POLÍTICO GARRAFAL

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com


No es necesario entrar en una discusión de valores, religión o moral para percatarse inmediatamente de que la propuesta para elevar a rango constitucional una definición de matrimonio es un error grave y perjudicial.

La monarquía europea surgió como consecuencia de la consolidación del poder político de un soberano sobre un territorio de características nacionales que fue debilitando la autoridad y poder a los señores feudales y la Iglesia. El derrocamiento de las monarquías y el advenimiento de los estados nacionales con sus constituciones, aunque no eliminó el carácter moral del estado y de la sociedad, sí aclaró mediante los conceptos de la separación de iglesia y estado y la libertad de culto, que ya las relaciones humanas no iban a estar delimitadas por el gobierno a base de las creencias particulares de una religión.

Las constituciones contemporáneas tienen el fin de organizar la estructura gubernamental, establecer sus límites de poder y definir la autonomía personal y colectiva de los ciudadanos mediante la enumeración de derechos civiles y humanos fundamentales. Las constituciones no están concebidas ni históricas ni jurídicamente, para limitar o definir relaciones humanas. La sociedad y la actividad humana son cambiantes y no pueden desarrollarse dentro de camisas de fuerza jurídicas y artificiales. Estos asuntos se manejan mediante leyes aprobadas por la voluntad popular. Para esto tenemos el Código Civil.

Constituye un error grave el codificar una definición de matrimonio en nuestra constitución porque sería la primera disposición de nuestra Constitución concebida para limitar las relaciones de ciudadanos de Puerto Rico que no han violado la ley, impidiendo un cambio legislativo o interpretación judicial que eventualmente proteja sectores significativos de la población puertorriqueña. La constitución se enmienda para mejorar la estructura del gobierno o para aumentar el ámbito de los derechos civiles o humanos. No se enmienda para limitar derechos o capacidades de desarrollo social y humano. Por eso fracasó la propuesta de enmienda de eliminación del derecho a la fianza y fracasaría cualquier intento de incorporar la pena de muerte. Por eso se aprobó abrumadoramente el sistema unicameral. ¿Por qué no se les ocurre a estos legisladores aprobar el derecho a reclamo para que se pueda convocar elecciones para desbancar a legisladores incompetentes o corruptos? Eso si desarrollaría nuestra democracia.

El intento de la Legislatura de enmendar la Constitución para establecer una definición de matrimonio es innecesario porque está cubierto claramente por el Código Civil de Puerto Rico, que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Por ende, es una enmienda inoficiosa, sin sentido y propósito. Esta enmienda sin utilidad costará millones de dólares al pueblo puertorriqueño en un momento en que necesita que se enfoquen esos recursos a otros asuntos prioritarios. La aprobación de esta enmienda constitucional va a requerir una asignación de fondos a la Comisión Estatal de Elecciones y a otras entidades para los procesos de educación y de instrumentación del referéndum, y pondrá al pueblo de Puerto Rico en una divisiva batalla campal sobre asuntos que no resuelven ningún problema actual.

Esta propuesta de enmienda es perjudicial porque nos haría regresar a la visión política del Estado de la época anterior al siglo 18. Aprobar esta enmienda abriría la puerta para que otros grupos o intereses creados aboguen por incorporar otras definiciones restrictivas de las relaciones humanas. Por ejemplo, la definición de un hombre o una mujer, para excluir otros seres humanos por razón de sus características; la definición de nación para perseguir o negar derechos a otros seres humanos; la definición de paradigmas como los de la creación o evolución de las especies, etc.

Por otro lado, resulta irónico que la misma legislatura que destruyó el mandato del pueblo en torno a unicameralidad, ahora pretenda promover una enmienda constitucional que va en contra de proceso histórico jurídico de lo que es una constitución y que marginaría un sector significativo de nuestra sociedad. Puerto Rico tiene otras cosas más importantes que hacer. La enmienda constitucional sobre el matrimonio no debe aprobarse.

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com