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jueves, 28 de junio de 2007

NUEVO PROYECTO DE REGLAS DE DERECHO PROBATORIO

Por Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
rolando@bufete-emmanuelli.com
Especial para La Perla del Sur

El Tribunal Supremo de Puerto Rico tiene la facultad constitucional de preparar Reglas de Derecho de la Prueba, Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal Civil. Esta facultad constitucional se fundamenta en que se trata de las reglas que regulan los procesos de resolución de los casos judiciales. Las reglas actuales tienen ya muchos años de vigencia, y han sufrido múltiples cambios por la vía legislativa, y mediante interpretación judicial. Por ejemplo, las Reglas de Procedimiento Criminal, que gobiernan el trámite de los casos criminales son del año 1963. Las Reglas de Derecho Probatorio y de Procedimiento Civil, se originaron en 1979. Por tanto, ya es imperiosa una revisión de dichos cuerpos de normas.

El pasado 10 de abril de 2007, el Comité Permanente para la Revisión de las Reglas de Derecho Probatorio del Tribunal Supremo, al cual me honra pertenecer, entregó al Juez Presidente, Honorable Federico Hernández Delton, el informe de revisión de las Reglas de Derecho Probatorio. Las Reglas de Derecho Probatorio son las que regulan el proceso de juicio. Esto incluye, el proceso de presentación e interrogatorio de los testigos, la presentación de la prueba física y documental y el orden y modo de cómo se conduce el juicio. El nuevo estudio preparado por el Comité contó con el apoyo de jueces, abogados y profesores de esa área, e incorporó los más avanzados desarrollos de las reglas del juicio, para que contemos con un cuerpo de Reglas adaptado a nuestras necesidades.

El proceso de aprobación de las nuevas Reglas de Derecho Probatorio pasará por varias etapas que incluyen divulgación masiva, vistas públicas y también comentarios mediante la vía electrónica. Cualquier persona puede tener acceso a este proyecto, y podrá emitir sus comentarios al respecto visitando la página de Internet del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Una vez concluya el trámite de recibir las reacciones o comentarios, se llevará a cabo una Conferencia Judicial, en la cual los jueces y estudiosos del Derecho podrán emitir sus comentarios y análisis finales para que el proyecto esté listo para consideración de los Honorables jueces del Tribunal Supremo.

Una vez el Tribunal aprueben el proyecto por virtud de la Constitución, se someterá a la Asamblea Legislativa, y si la Asamblea Legislativa no actúa en 60 días, se aprobarán las nuevas Reglas de Derecho Probatorio. Para que las Reglas no entren en vigor, la Asamblea Legislativa tendría que rechazarlas mediante ley expresa. La Asamblea Legislativa conserva la facultad de recibir el proyecto y enmendarlo conforme a su mejor parecer, y se seguiría el trámite de cualquier otra ley.

Las Reglas de Derecho Probatorio garantizan el Debido Proceso de Ley. Ya es tiempo de que se apruebe un nuevo grupo de reglas que contengan los más avanzados desarrollos de los trámites del juicio. Esto permitirá que todos gocemos de justicia rápida y económica.


El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

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