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miércoles, 28 de septiembre de 2011

LA VERDADERA SOLUCIÓN PONCEÑA PERTENECE A LOS SUREÑOS NO A LOS POLÍTICOS: Del Derecho y del RevEs. 6ta Edición #25

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Boletín Electrónico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edición Electrónica
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LA VERDADERA SOLUCIÓN PONCEÑA PERTENECE A LOS SUREÑOS
NO A LOS POLÍTICOS
 
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Ante la ineficiencia de la Autoridad del Puerto de las Américas, el 30 de septiembre de 2010, la Alcaldesa de Ponce determinó, con buen juicio, dejar sin vigencia el memorando de entendimiento y no entregarle el Puerto de Ponce, a esa atolondrada corporación pública.

 

Poco tiempo después, la Alcaldesa anunció la existencia de una llamada "Solución Ponceña", para supuestamente encaminar el Puerto de las Américas Rafael Cordero Santiago.

 

El próximo viernes 30 de septiembre, se cumple un año de esta importante decisión, pero hasta la fecha no se conoce a ciencia cierta el destino de la inversión de 250 millones y de los sueños de desarrollo socioeconómico que se forjaron alrededor del Puerto.

 

El último evento de esta tragicomedia, es la reunión gestionada por la Alcaldesa de Ponce con el Gobernador Fortuño a raíz de lo planteado en este periódico sobre el aniversario de la inacción municipal. Esta reunión representa otro ejemplo adicional de la total dependencia en el poder político sanjuanero, que lamentablemente impera en la mentalidad de la administración municipal.

 

El gobierno central y el municipal en casi tres años de devaneos han fracasado en establecer la ruta de desarrollo de este proyecto, porque han querido hacerlo solos y en secreto, enfrentando conflictos de intereses con los que aportan a las campañas del partido, y sin involucrar a las entidades y personas que pueden contribuir ideas y trabajo para lograr su progreso.

 

Para salvarnos de este fiasco, la verdadera "Solución Ponceña" tiene que involucrar a todos los componentes del Pueblo Sureño. No puede estar basada únicamente en las promesas y reuniones de los políticos.

 

Aunque el Plan de Desarrollo del Puerto debe emanar de la autoridad constitutiva que tiene su dueño que es el Municipio Autónomo de Ponce, para que sea exitoso, debe ser participativo, detallado, multidisciplinario, no partidista, transparente y regional.

 

Por tanto, debe crearse cuanto antes una autoridad público-privada municipal que pueda contar con estas cualidades y con el apoyo de entidades de consulta con acceso a los mercados marítimos para comenzar a mercadear a nivel global las virtudes de nuestro Puerto.

 

La Junta de Directores de esta Autoridad Municipal debe estar compuesta por no más de nueve personas cuyas cualificaciones y experiencia tengan pertinencia y valor para el Puerto. Entre estas personas deben existir sillas permanentes para representantes autorizados y nombrados por DISUR, la Cámara de Comercio del Sur, las organizaciones de obreros portuarios, las comunidades y los capítulos o delegaciones del Sur del Colegio de Contadores Públicos Autorizados, la Asociación de Industriales y el Colegio de Abogados.

 

La participación del poder político representante del Municipio debe limitarse a un miembro, que es el mínimo necesario para canalizar al nivel municipal que sea pertinente, las decisiones que tome la Junta.

 

Ninguna de estas personas debe recibir dietas o emolumentos. La Junta debe contar con un Director Ejecutivo que entienda y trabaje para que el Puerto de las Américas se convierta en un puerto de hondo calado para transbordo internacional con valor añadido, zona libre y fuera de las leyes de cabotaje.

 

El llamado es a democratizar, a unir voluntades y conocimiento, y a preparar un Plan participativo, detallado, multidisciplinario, no partidista, transparente y regional, que aceleré el potencial productivo del Puerto, para poder rescatar el tiempo perdido.


 

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El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550 en el cuadrante de su radio. Para mayor información vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

 

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Balanza Bufete Sola

 

El autor es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., en Ponce, Presidente de la Alianza Pro Sur, Segundo Vicepresidente de DISUR, Inc., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11:00 de la mañana por WPAB 550. Para mayor información vea www.debidoproceso.com.

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El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la práctica y litigación de derecho civil, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

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Otras actividades y foros de divulgación:

Academia Jurídico Empresarial:

Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P. estableció en enero de 2007, la primera Academia Jurídico Empresarial para la región Sur que provee asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. Esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas. 
 
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Programa de Radio Debido Proceso de Ley:

El programa Debido Proceso de Ley comenzó su transmisión en el año 1996 por WPAB Radio 550 y desde entonces se ha transmitido en varios formatos y ediciones. Desde el sábado, 11 de noviembre de 2000, se ha transmitido una edición del programa Debido Proceso de Ley con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez como anfitrión contando con la participación de personalidades del quehacer jurídico y social.

Debido Proceso de Ley se dedica a la orientación a la comunidad puertorriqueña. En el programa se discuten los asuntos jurídicos y socieconómicos de mayor impacto en la vida diaria, cuenta con el comentario y análisis sobre las leyes y jurisprudencia más reciente y con la participación de invitados protagonistas de las noticias jurídicas en nuestro país.
 
 
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Podcast Debido Proceso de Ley

No se pierda el programa Debido Proceso de Ley en su versión de audio en la Internet. Para escuchar los episodios del programa vaya al Podcast Debido Proceso de ley en la siguiente dirección:  

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Actividades y Noticias 
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   El Bufete Emmanuelli, C.S.P. cuenta con la División de Quiebras y Seguro Social Amado Pereira.

Escuche los Podcasts sobre las alternativas que ofrecen el Capítulo 13 y el 7 de la Ley de Quiebras para resolver la crisis económica de las personas y los matrimonios.

 
 

 Capítulo 13:

 

 Tema:Conversando con el Lcdo. Andrew Jiménez sobre:La Crisis Económica y las Relaciones entre los Deudores y los Acreedores  

 

 

Capítulo 7:

   

Tema: Conversando con el Lcdo. Andrew Jiménez sobre: La Crisis Económica y las Relaciones entre los Deudores y los Acreedores 

 



Anfitrión Rolando Emmanuelli Jiménez


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También Puede Visitar:

El Blog sobre el Capítulo 13

http://quiebracapitulo13.blogspot.com/ 

   

 El Blog sobre el Capítulo 7 

 

http://quiebracapitulo7.blogspot.com/ 

 

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Se publica la tercera edición del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño
 

El texto explica y analiza las nuevas Reglas de Evidencia que entraron en vigor en enero de este año 2010. 


Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño

 

Ya está disponible para la venta la tercera edición del  Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño (2010) que presenta la información y la doctrina contemporánea sobre las nuevas Reglas de Evidencia que entraron en vigor el primero de enero de este año. Así lo dio a conocer el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, autor de la publicación que discute en detalle las Reglas de Evidencia de 2010, las cuales determinan lo que ocurre durante el juicio en los tribunales en Puerto Rico.

 

 La primera edición del Prontuario fue publicada en el año 1994 y fue premiada como Obra Jurídica del Año de 1995 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. La segunda edición se publicó en el año 2005 e incluyó las enmiendas a las Reglas de Evidencia realizadas hasta el año 2004.

 

 El Prontuario de Derecho Probatorio Puertorriqueño se utiliza como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jurídicos y de ciencias forenses en Puerto Rico. Ha sido citado, además, como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal Apelativo y el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

 

 La tercera edición cuenta con 650 páginas y contiene toda la información necesaria para entender el Derecho Probatorio en Puerto Rico, particularmente el emergente con las nuevas Reglas de Evidencia de 2010.

 

El libro comienza con una introducción sobre el proceso de redacción y aprobación de las nuevas Reglas de 2010, continuando con una definición de los conceptos, junto a una relación sobre el proceso judicial y la práctica forense hasta el momento del juicio.  Sigue con una breve historia del Derecho Probatorio, y las fuentes y fundamentos principales de esta materia en Puerto Rico. Expone las nuevas Reglas, siguiendo el formato del Informe del Comité Asesor Permanente de Reglas de Evidencia del Tribunal Supremo en cuanto a la procedencia de cada regla, estableciendo, además, las diferencias con las originales del 1979.  Finalmente, aborda los aspectos doctrinales y jurisprudenciales fundamentales y las críticas correspondientes para propiciar mejoras futuras.

 

 El libro puede adquirirse en  Biblio Services en Montemar Plaza en  Hato Rey  y en Paseo del Sur Mall en Ponce.

 

 Para más información puede comunicarse al (787) 753-1231 ó al (787) 290-0077.  

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La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


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