El Bufete Emmanuelli orienta jurídicamente mediante su boletín Del Derecho y del Revés:

Email Newsletter icon, E-mail Newsletter icon, Email List icon, E-mail List icon Regístre su dirección de correo electrónico en nuestra lista de boletines Del Derecho y del Revés :

domingo, 2 de agosto de 2009

Consecuencias económicas y sociales del salario mínimo


Por Luis Rey Quiñones Soto*
Economista

El salario mínimo en Puerto Rico, a la fecha de estas líneas, alzó de $6.55 a $7.25 la hora. Ese incremento de 70 centavos estará tocando entre 80 y 100 mil asariados. Buena parte de ellos trajinan en el gobierno o en el sector comercial. Para los gubernamentales, el alza eleva su salario a poco más de $14 mil; para los del comercio, no llega a los $ 18 mil cien.

Ambas modalidades de salario mínimo, en el rango de 3.2 personas por familia, ubican dentro de los umbrales de pobreza, al tiempo que se les acusa de provocadores potenciales de desempleo y quiebras.

Entonces, para comprender las implicaciones socioeconómicas del asunto, hay que escudriñar entorno al significado, la medición del mismo y sus efectos sobre la economía y la sociedad.

I. Marco histórico del salario mínimo: significado y medición
Adam Smith argumenta, desde la libre empresa, que el mercado es un mecanismo eficiente en la distribución de inversión, ingresos y del producto interno de las naciones. En los hechos, en el siglo XIX y en el primer tercio del XX, el reparto del producto estuvo a cargo del mercado. El resultado histórico fue una fuerte concentración de ingresos e inversiones en una parte pequeña del empresariado y una pobreza generalizada mediante salarios de subsistencias y de condiciones infrahumanas en el proceso de trabajo. En ese contexto, el conflicto por la distribución del producto entre salario y ganancia, mediante el mercado, tomó carta de disputa directa y sin cuartel entre trabajadores y capitalistas.

Para corregir la tendencia a la concentración de ingresos y del poder económico en manos de unos poco, después de la dirección económica del Estado durante la Primera Guerra Mundial y del derrumbe del mercado en la crisis de los treinta, la reflexión keynesiana demostró la ineludible necesidad de intervenir la económica de las naciones con políticas públicas redistributivas.

La creación de ingreso asalariado mediante empleo condujo a incrementos de la demanda que, junto a nuevos productos y a la economía de guerra durante la segunda conflagración mundial, llevó a superar las crisis para mediadas de los cuarenta.

En una segunda intervención, el Estado se propuso como intermediario, por conducto de instituciones de arbitraje, para atenuar la disputa por el reparto del producto entre capital y trabajo.

Sobre esta nueva base de legitimación, el salario mínimo es resultado de un largo proceso histórico que tiene como fundamento, en la sociedad del empresariado, la presencia en el mercado de un potencial trabajador que no tiene otra cosa que vender, para procurarse sus medios de vida, que no sea su capacidad de trabajo para producir bienes y servicios.

A cambio de esa capacidad, el capital está dispuesto a pagar un salario. La medición del valor del salario aparece definido por la necesidad del trabajador, junto a su familia, de alimentos, techo, ropa, abrigo y de disfrutar de servicios médicos, educativos, entretenimiento y transporte.

Con posterioridad, a comienzos de los ochenta del siglo pasado, el neoliberalismo reeditó el discurso liberal y puso al mercado en el centro de la distribución. Ese marco institucional, hoy hecho trizas, produjo esta crisis de dimensiones comparables con la Gran Depresión del 29.

Este marco histórico permite para abordar el significado y las consecuencias del alza en el salario mínimo.

II. Consideraciones sociales en torno al salario mínimo
En Puerto Rico, las estadísticas oficiales sobre salarios entregan dos conceptos. El primero, un promedio, recluta hombres y mujeres con mayores destrezas y formación académica que el salario mínimo, el cual perfila un trabajador salido de escuela superior o con ciertos roces con la vida universitaria. En 2008 el salario promedio anual en la economía nacional fue $25,589; en los extremos, el agro pagó $9,142 por trabajador y la industria farmacéutica $ 57,969. Entre uno y otros, el salario mínimo, del 24 de julio de 2009 en adelante, será de $14,137.50 por año en el gobierno y de $18,096 en el sector privado.

A ese ingreso bruto réstele el 20 por ciento para pagos de seguro social, impuestos, seguros médicos y otras retenciones y el ingreso disponible se reduce a $11,310 en el gobierno y $ 14,476.8 en el sector privado. Al asumir un pago mensual de 30% para vivienda y $ 450 para alimentos, el trabajador gubernamental dispone de $1,110 al año y el otro $ 4,048, para afrontar el pago de agua, luz, transporte, ropa, educación, entretenimiento, transporte.
Por tanto, ambos trabajadores con salario mínimo de $7.25 la hora, al toparse con la pobreza, deben recurrir a un segundo empleo y/o que su pareja trabaje. Con dos salarios mínimos puede la familia enfrentar las exigencias de consumo por bienes y servicios que imponen la sociedad y la economía puertorriqueña.

III. Consecuencias económicas
Respecto a la economía nacional, el pago anual del incremento en el salario mínimo es de $1,365 para el gobierno y $1,747.2 para el privado, más beneficios marginales, cuando los hay.

Más que el alza en el salario mínimo, la quiebra de pequeños y medianos negocios ha tenido lugar con la entrada de megatiendas de capital estadounidense. Éstas, con su lógica de empleo chatarra, sin beneficios marginales, y de compra de grandes cantidades, inundan el mercado nacional con bienes importados a precios de venta inaccesibles para el comercio tradicional.

Por allí conviene arañar posibilidades de unión y cooperación entre pequeños y medianos capitales para comenzar a generar condiciones competitivas menos desigualdades.

En definitiva, mantener los asalariados en la pobreza no es opción ni para el capital ni para los trabajadores.

*Colaborador de Debido Proceso de Ley
___________________________
El autor del Blog Debido Proceso de Ley es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli en Ponce, Presidente de la Alianza Pro Sur, Vicepresidente de DISUR, Inc., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11:00 de la mañana por WPAB 550. Para mayor información vea www.debidoproceso.com.

No hay comentarios: